39 ONG piden suspender decisiones a favor del regreso del glifosato

Según estas, las audiencias que se llevaron a cabo por la Anla, el pasado diciembre para dar a conocer el plan a la población, no garantizaron su participación total.

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Fotografía de archivo de un dron durante una prueba de fumigación de cultivos ilícitos en San Luis, departamento de Tolima (Colombia). EFE/Mauricio Dueñas Castañeda/Archivo
Fotografía de archivo de un dron durante una prueba de fumigación de cultivos ilícitos en San Luis, departamento de Tolima (Colombia). EFE/Mauricio Dueñas Castañeda/Archivo

El pasado 14 de abril, la Autoridad Nacional de Manejos Ambientales (Anla) aprobó la modificación del Plan de Manejo Ambiental (PMA) del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el herbicida Glifosato (Pecig).

La aprobación del PMA es uno de los requisitos que en 2017 ordenó la Corte Constitucional para reactivar la aspersión y se da después de que, el 12 de abril, el presidente Iván Duque expidiera un decreto con el marco normativo para controlar el riesgo para la salud y el medio ambiente del uso del glifosato

En respuesta, 39 ONG solicitaron a la Corte Constitucional, por medio de una carta, que articule una medida cautelar de suspensión al Plan de Manejo Ambiental aprobado, pues según estas, las audiencias que se llevaron a cabo por la Anla, el pasando diciembre para dar a conocer el plan a la población, no garantizaron su participación total.

Solicitamos a la Corte que cese de inmediato esa posibilidad y que se permita un estudio a fondo de las situaciones que se están viviendo en relación no solamente al panorama técnico científico sino además la violación al derecho de la consulta previa” señaló César Santoyo, director del Colectivo Orlando Fals Borda.

Las zonas que se intervendrían con aspersión se ubican 104 municipios de 14 departamentos de Colombia (Antioquía, Bolívar, Caquetá, Cauca, Córdoba, Chocó, Guaviare, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Santander, Valle del Cauca y Vichada).

Sin embargo, las organizaciones afirman que el plan y las técnicas de aplicación del glifosato no dejan claro cómo harán para que no termine afectando cultivos lícitos y comunidades.

Que se compruebe que realmente el glifosato no afecta la salud, no afecta el medio ambiente y que el gobierno no le siga mintiendo al país, esta es una política fracasada, el Gobierno le está haciendo conejo a los Acuerdos de Paz” afirmó Alirio Uribe, representante del Colectivo José Alvear Restrepo.

De acuerdo con la Anla, la decisión está sustentada en argumentos técnicos “que fueron resultado de la evaluación del estudio ambiental, de los aportes presentados por la ciudadanía y las autoridades durante el proceso de la Audiencia Pública Ambiental”. Para la modificación, explicó la agencia, también se tuvo en cuenta a investigadores y Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), entre otros.

El trámite de la modificación del PMA del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el herbicida Glifosato que fue aprobado, comenzó en agosto de 2019, debido a la solicitud de la Policía Nacional de Colombia, según la Anla.

La aprobación, sin embargo, no significa que ya hay vía libre para reanudar la aspersión. Para ello, “el Gobierno Nacional deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Corte Constitucional en la Sentencia T-236 de 2017 y el Auto No. 387 de 2019″, manifestó la Anla.

De cumplirse dichos requisitos, el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE), que con la Resolución 006 del 29 de mayo de 2015 suspendió la aspersión con glifosato, deberá decidir si la reanuda como estrategia para destruir los cultivos de uso ilícito en el país. En ese entonces, la Organización de las Naciones Unidas (OMS) clasificó al herbicida como “probablemente cancerígeno para los seres humanos”.

“Es importante reiterar, que la Resolución de la ANLA No. 694 del 14 abril de 2021, no reanuda el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el Herbicida Glifosato. El Gobierno Nacional deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Corte Constitucional (...) relacionados con el diseño y puesta en marcha de un proceso decisorio que evalúe los riesgos a la salud y al medio ambiente, entre otros”, recalcó la Anla.

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