Tras seis meses en el Senado de la República y dos días de escándalo, terminó cayéndose el proyecto de ley con el que el partido MIRA ponía en riesgo de castigar hasta con cárcel a caricaturistas y creadores de memes, entre otros. La misma colectividad, que entró en polémica con la propuesta el pasado miércoles 14 de abril, decidió retirarla en la tarde de hoy.
El anuncio lo hizo el senador Carlos Guevara, de dicha colectividad, luego de que Cuestión Publica explicara, a través de Twitter, las razones por las que el proyecto puede terminar configurándose como un acto de censura en contra de la libre expresión. Inicialmente, el congresista, quien es además el autor principal de la iniciativa explicó que, esta “no busca censurar humoristas, ni caricaturistas. Si el texto genera ésta interpretación se corregirá en el debate”.
De igual manera, argumentó que la idea es proteger a los menores de edad de Colombia de situaciones que van al alza en línea como el deepfake, el grooming, y el ciberbullying, que pueden afectar seriamente sus derechos.
“El partido político MIRA ha tomado la decisión de retirar esta iniciativa, muy a pesar de que estaba enfocado a la prevención de los delitos cibernéticos contra menores de edad, los cuales van en aumento. Hablamos de delitos como sexting, ciberbullying, ciberacoso, entre otros”, explicó Guevara, citado por el diario El Espectador.
El debate estalló luego de que Cuestión Pública expusiera el proyecto de ley que radicaron congresistas del partido MIRA, vendiéndola con el objetivo de tipificar nuevas acciones criminales ejecutadas en el ciberespacio como delitos cibernéticos que afectan a los niños, niñas y adolescentes y a la población en general, dejaría las puertas abiertas para censurar a caricaturistas o quienes realicen montajes en las redes sociales.
El conflicto estaría en un artículo del proyecto que plantea agregar a la Ley 599 de 2000 lo siguiente:
“El que, sin consentimiento del sujeto pasivo, y valiéndose de medios tecnológicos, creare imágenes o videos en los que se simula el rostro de otra persona, y posteriormente los difundiere o publicare o a través de cualquier medio o red de información o de comunicación, con el propósito de obtener algún provecho económico, social o político, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a ciento ocho (108) meses”.
Según consultó Cuestión Pública con el experto en Ciencias Penales y Criminológicas, Daniel Cardona, este artículo se resume a que se incurre en un delito si no se tiene el consentimiento de las personas cuyo rostro aparezca en montajes de imágenes o videos antes de publicarlos.
“Lo está disponiendo de una forma tan abierta, que prácticamente cualquier tipo de modificación, más allá de lo que se pretenda, puede terminar siendo constitutivo de ese delito”, señaló el experto.
A ese mismo medio el caricaturista Matador señaló sobre el proyecto que, “intenta meter una especie de mico para que usted no se pueda, en este caso, burlar, parodiar o criticar a través de una caricatura, de un meme o de un video. Eso es grave”.
El senador Carlos Eduardo Guevara negó que el texto esté orientado a censurar o a castigar a quienes hacen críticas a través del uso de imágenes de otros, que lo que busca es evitar abusos contra menores y “poder generar unas sanciones sobre todo para quienes suplantan a los niños y niñas en las redes sociales”.
Otras propuestas del proyecto
Entre lo que proponían los congresistas del MIRA, también aparecían agregaciones a la Ley 906 de 2004 para poder bloquear usuarios y dominios de internet cuando incurran en un delito.
“En cualquier momento a partir de la indagación, la Fiscalía General de la Nación podrá solicitar al juez de control de garantías que ordene a los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones, el bloqueo preventivo de los dominios de Internet, URL, cuentas y usuarios cuando existan motivos fundados que permitan inferir que, a través de aquellos, continuaría el desarrollo total o parcial de actividades delictivas en detrimento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes”.
También proponía agregar a la Ley 599 de 2000 un artículo dedicado al ciber-acoso. “El que, sistemáticamente, usando cualquier medio o red de información o de comunicación, con el fin de causar daño o intimidación a otro promueva o difunda noticias falsas, imágenes o grabaciones audiovisuales, con contenido sensible sin consentimiento de su titular, o que incentiven al odio, incurrirá en multa”.
El proyecto igualmente buscaba castigar el engaño pederasta conocido como grooming. Lo congresistas buscan que quien se haga pasar por otra persona, o habiendo mentido sobre sus datos personales obtenga imágenes o grabaciones audiovisuales de la actividad sexual o con contenido sexual de un menor de edad, incurrirá en prisión de setenta y dos (72), a ciento veinte (120) meses, sin perjuicio de la pena que le corresponda por los demás delitos que se ocasionen con esta conducta.
Este es el polémico proyecto:
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