El 19 de noviembre de 2020, al ciudadano Favio Alirio Quiroz se le condenó a seis años de prisión por el delito de violencia intrafamiliar, pues agredió a su esposa, Carmen Elisa Mesa, por tomar su celular para revisar sus conversaciones en WhatsApp. Este 15 de abril se conoció que el Tribunal Superior de Bogotá redujo la condena a ocho meses tras las rejas, dado que los hechos se “desencadenaron a partir del comportamiento de la víctima”.
Sí, producto del comportamiento de Carmen Elisa Mesa fue que su pareja, con quien llevaba 18 años casada, le pegó: eso es lo que dice el fallo del Tribunal. La sala consideró que el agresor “obró en legítima protección de un bien jurídico tutelado con rango de derecho fundamental (la intimidad), ante el riesgo inminente de vulneración por parte de su excompañera sentimental”.
Lo que sucedió el 20 de noviembre de 2017, fecha del delito, en palabras de Carmen Elisa Mesa, fue que ella tomó el celular de su esposo para indagar si tenía una amante. Y Favio Alirio Quiroz, relata ella, le tumbó encima de su cama, con sus rodillas en su pecho, para arrebatarle el dispositivo móvil y la sujetó con fuerza del brazo causándole lesiones; ella pudo escaparse y, corriendo, se encerró en el baño.
Producto del acto de violencia intrafamiliar, la víctima fue incapacitada cinco días, luego de un diagnóstico de una experta de Medicina Legal y de dos psicólogas.
Tras el primer fallo, Quiroz, que en efecto le estaba siendo infiel a su esposa con su exjefe, apeló la decisión argumentando que él también había sido víctima de maltratos de Carmen Elisa Mesa y manifestando que las psicólogas Denice Álvarez Ayala y María Angélica Mora, quienes brindaron atención a la víctima, “no fueron testigos presenciales de las circunstancias ya referidas, razón por la cual no deben ser valoradas”.
Pues bien, el Tribunal Superior de Bogotá encontró que:
“El episodio de violencia intrafamiliar se desencadenó a partir del comportamiento indebido de la víctima, quien, según su propio relato, intentó tomar el teléfono celular del procesado con la finalidad de acceder a sus conversaciones de WhatsApp, lo cual constituye una flagrante vulneración del derecho a la intimidad de este, lo que suscitó la reacción del titular del derecho”.
Bajo dicho argumento, a Favio Alirio Quiroz se le disminuyó la condena como autor responsable del punible de violencia intrafamiliar y se le inhabilitó para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la sanción privativa de la libertad.
En cuanto al análisis del caso desde perspectiva de género, el Tribunal aseguró: “La valoración probatoria bajo el tamiz de la perspectiva de género no se puede convertir en una presunción de culpabilidad, como de forma preocupante parece estar ocurriendo en algunos procesos, ni tampoco en la anulación per se de claros principios dogmáticos del derecho penal y de las garantías del procesado”.
<b>Cifras de feminicidios y violencia intrafamiliar</b>
Según las últimas cifras reveladas por la organización feminista Sisma Mujer, desde el 1 de enero hasta el 2 de febrero de 2021 al menos 47 colombianas fueron víctimas de feminicidios. De acuerdo con datos de la Fiscalía General, durante el periodo analizado, cada 20 horas al menos una mujer fue víctima de feminicidio. Además, señaló que 5.760 personas fueron víctimas de violencia intrafamiliar, de las cuales 4.414 corresponden a mujeres, lo que corresponde al 76,63 % del total.
“Lo anterior significa que aproximadamente cada 11 minutos, una mujer fue víctima de violencia intrafamiliar en lo que va de 2021”, se lee en el documento.
Así mismo, la organización detalló que este año se ha presentado un incremento de 128,6 % en el número de atenciones realizadas a través de la línea telefónica que habilitaron para que las mujeres denuncien casos de violencia en su contra durante la pandemia del covid-19.
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