Archivan investigación contra el general (r) Rodolfo Palomino por caso de la ‘comunidad del anillo’

La Procuraduría declaró la prescripción en las investigaciones que adelantaba por varios hechos presuntamente cometidos en los periodos: 1998 a 1999, 2004 a 2006, 2008 a 2009, 2014 y 2015.

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Exdirector de la Policía Nacional,
Exdirector de la Policía Nacional, Rodolfo Palomino. (Colprensa - Mauricio Alvarado)

En febrero de 2016, el entonces procurador Alejandro Ordóñez ordenó abrir una investigación disciplinaria contra el general Rodolfo Palomino López, quien en su momento era el director General de la Policía Nacional, por la supuesta red de prostitución masculina al interior de la institución denominada “la comunidad del anillo”.

La investigación se dio bajo tres aspectos: 1. Posible incremento patrimonial injustificado. 2. Presuntos seguimientos e interceptaciones ilegales a periodistas. 3. La creación y puesta en marcha de una supuesta red de prostitución masculina denominada periodísticamente “la Comunidad del Anillo”.

Sin embargo, cinco años después el Ministerio Público decidió archivar la investigación disciplinaria al no encontrar suficientes pruebas que vincularan al oficial en retiro con los señalamientos que hicieron otros oficiales de la institución, como lo hizo el oficial de policía Ányelo Palacios Montero quien lanzó acusaciones contra el exdirector de la Policía en medios de comunicación.

La Procuraduría además no encontró pruebas para enjuiciarlo disciplinariamente por su supuesta responsabilidad en las “chuzadas” contra la periodista Vicky Dávila, quien desde La FM difundió la denuncia de la ‘comunidad del anillo’.

En el sitio web de La FM se publicó un video, grabado en 2008, y que decían era la prueba que constaba en la investigación sobre la existencia de la ‘comunidad del anillo’. En él se ve al entonces senador Carlos Ferro conduciendo un auto y conversando con una persona que está fuera de cámara; hablan acerca de sus preferencias sexuales, se hacen insinuaciones y parecen besarse en algunos momentos. La persona que no se ve era el oficial Palacios Montero.

En el video no hay referencia alguna acerca de intercambio de dinero o indicios de que se trate de una relación entre alguien que ofrece servicios sexuales pagos y un cliente. Su publicación le costó fuertes críticas a la periodista Dávila por revelar la grabación que tenía más un carácter sexual e íntimo.

Ordóñez como procurador incluso llegó a decir que, “este modus operandi habría tenido lugar presuntamente con la ayuda y complicidad de oficiales de la Policía Nacional, incluso del señor director general de la Policía Nacional”.

El escándalo llevó ese mismo año a la renuncia de Palomino como jefe de la Policía, quien salió del cargo insistiendo en su inocencia.

En enero de este año, el procurador General, Fernando Carrillo, destituyó e inhabilitó por trece años para ejercer cargos públicos al general Palomino por “influenciar irregularmente” al teniente coronel Reinaldo Gómez para que se retractara de unas denuncias que había elevado en el 2015 por presunto acoso laboral y sexual al interior de la Institución.

Por el mismo caso, la Procuraduría destituyó e inhabilitó por diez años al entonces jefe de la Oficina Jurídica de la Policía, mayor John Santos Quintero Landinez, y se confirmó la sanción de destitución e inhabilidad de diez años impuesta a los coroneles (r) Ciro Carvajal Carvajal y Flavio Mesa Castro, quienes se desempeñaban como secretario General y comandante de la Policía de Cundinamarca, respectivamente, para la época de los hechos.

“El Ministerio Público estableció que el general (r) Palomino López les ordenó al mayor y los coroneles que se reunieran con el oficial que radicó el documento que ponía de presente actos irregulares del general, el entonces teniente coronel Reinaldo Alfonso Gómez Bernal, para convencerlo de que se retractara de lo dicho en el documento”, asegura la Procuraduría en su comunicado.

Así entonces, el ente de control relató que como contraprestación por la retractación, le indicaron a Gómez que “sería favorecido en un proceso disciplinario en caso de que el mismo llegara a segunda instancia, pues esa decisión era competencia directa del Director General de la institución”.

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