Trabajo en casa: los puntos clave de la ley aprobada en el Congreso

La legislación que regula el trabajo en casa pasó a sanción presidencial y será la hoja de ruta para las personas que desempeñen labores en esa modalidad.

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Las medidas de aislamiento que han sido necesarias para disminuir la velocidad de contagio de Covid-19 llevaron a miles de personas a cambiar su oficina de lugar: de la empresa a la casa. La nueva ley aprobada por el Congreso de la República busca garantizar los derechos laborales de esa transición.

De acuerdo a un estudio de la Asociación Colombiana de Relaciones Industriales y Personal, realizado en abril de 2020, indicó que el 98% de las empresas implementó el trabajo remoto de alguna manera y el 76% pensaba mantener esa modalidad de trabajo en sus compañías.

Los ponentes del proyecto en el Congreso de la República estiman que al menos 3.5 millones de personas laboran actualmente desde su casa, por lo que esta nueva ley le otorga un marco jurídico y una normatividad específica a una forma de trabajo que podrá extenderse en el país.

La ley, que resultó de una acumulación de los proyectos del senador Richard Aguilar y el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, recibió 83 votos en total para la aprobación del texto de conciliación.

Lo primero que establece la norma es que se trata de la regulación de “trabajo en casa” y no “teletrabajo”, debido a que esta última es una actividad permanente, mientras que la otra, objeto de la ley, es “la prestación de las labores o funciones se realiza en un lugar distinto a las instalaciones de la empresa o entidad, de manera ocasional, temporal o excepcional”.

Esta norma no modificará el contrato que hayan pactado las personas al inicio de la relación laboral, pues solo será aplicable en las situaciones excepcionales en que le sea encomendado realizar labores fuera del lugar donde las realiza normalmente.

La nueva ley aprobada establece que la jornada laboral debe funcionar de la misma manera que el trabajo presencial, es decir que deberá existir un horario establecido que respete el derecho de desconexión del trabajador y las 48 horas semanales. Este es uno de los puntos principales, debido a que los trabajadores, de acuerdo con una encuesta del DANE en junio de 2020, manifestaron aumento de labores a causa del trabajo en casa.

Debido a que se establece el trabajo en casa como una forma excepcional de trabajo, esta modalidad solo puede durar hasta tres meses, prorrogable en otros tres meses más si la circunstancia especial por la que se estableció continúa.

Respecto a los elementos necesarios para realizar el trabajo desde la casa, la norma establece que podrá haber un acuerdo entre el trabajador y el empleador. Si no se llega a un acuerdo, es la compañía, como primer responsable, la que debe asegurar los medios para que el empleado pueda realizar las labores desde su propio hogar.

Los trabajadores que ganen hasta dos salarios mínimos mensuales vigentes y que reciban subsidio de transporte, se les reconocerá ese mismo monto bajo el nombre de “subsidio de conectividad”, que tampoco podrá ser acumulable.

Los empleadores, de acuerdo con el texto de la ley, deberán notificar a los trabajadores por escrito para habilitar el trabajo en casa. En esa comunicación se deberá establecer el tiempo inicial por el cual las labores se desempeñarán bajo esa modalidad.

Trabajar desde casa no debe ser motivo para modificar las condiciones contractuales. Todos los trabajadores que sean asignados a esa modalidad deberán gozar de las mismas garantías y derechos, como horas extras, trabajo nocturno, dominicales y festivos, descansos dentro de la jornada laboral, derechos de asociación y negociación sindical.

Así mismo, la empresa deberá informar a la aseguradora de riesgos laborales el trabajo en casa del afiliado, así como la vivienda o el lugar donde realizará sus labores. Pese a esto, uno de los vacíos de la norma y que fue expresado por los conceptos académicos, es la necesidad de establecer cuáles son los riesgos laborales y cómo estarán asegurados.

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