Corte Constitucional se pronunciará sobre demanda contra Ley de Veteranos

Según los demandantes, el Congreso habría omitido excluir de la ley a aquellos veteranos con sanciones disciplinarias o penales por infracciones al DDHH y al DIH.

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Imagen de archivo: Veteranos colombianos de la guerra de Corea Foto: @castano_cesar
Imagen de archivo: Veteranos colombianos de la guerra de Corea Foto: @castano_cesar

La norma, firmada por el presidente Iván Duque en octubre de 2020, fue ideada para rendir homenaje a los servidores de la fuerza pública así como otorgarles facilidades al acceso de bienes y servicios, oportunidades de formación, adquisición de vivienda y descuentos en alianza con el sector privado, tiene una demanda en curso en la Corte Constitucional.

Los accionantes solicitan la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos 2 (parcial), 3 (parcial), 6 (total) y 9 (total) de dicha Ley, alegando que el Congreso habría incurrido en una omisión legislativa relativa al no exceptuar de la definición de veterano a los miembros en retiro, pensionados o reservistas de honor de la Fuerza Pública que hallan sido sancionados disciplinaria o penalmente por infracciones a los Derechos Humanos o al Derecho Internacional Humanitario o que estén siendo juzgados por estas conductas por tribunales militares.

De acuerdo con la demanda, que espera pronunciamiento de la Corte Constitucional el próximo jueves 15 de abril, esta omisión, explícita en el articulado sometido a consideración del alto tribunal, desconoce el deber de respetar, proteger y garantizar los derechos de la sociedad y de las víctimas.

Antes de concluir su periodo al frente del Ministerio Público, Fernando Carrillo allegó un concepto a la Corte en el que solicitaba la exequibilidad condicionada del artículo 2 de la Ley 1979, bajo el supuesto de que no podrán ser calificados como veteranos aquellos miembros de la Fuerza Pública que han sido sancionados por violaciones a los Derechos Humanos o por infracciones al Derecho Internacional Humanitario.

Con el fallo por emitirse se espera un marco normativo para la Ley de Veteranos, reglamentada por el Gobierno Duque en octubre anterior.

¿En qué consiste la Ley de Veterano que beneficia a los miembros de la Fuerza Pública?

23/01/2020 Militares del Ejército de Colombia
POLITICA SUDAMÉRICA COLOMBIA INTERNACIONAL
TWITTER EJÉRCITO DE COLOMBIA
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Con ventajas en acceso a mínimos gratuitos a eventos culturales y públicos para veteranos, el Gobierno Nacional firmó la ley e instituyó el 10 de octubre como Día Nacional del Veterano.

Entre las ventajas a destacar se destacaron avances como: privilegio de embarque y la exención de la tasa aeroportuaria en vuelos nacionales e internacionales, programas de formación en educación y prelación en su acceso tanto para ellos como para sus hijos en SENA.

Así mismo, los veteranos de Colombia se beneficiarán del financiamiento y el acompañamiento a los servicios de emprendimiento con iNNpulsa y el Fondo Emprender.

Los puntos gruesos de esta ley estuvieron en el acceso a los programas de vivienda con subsidios estatales y esquemas de contribución presentes con las cajas de compensación.

Como resultado de la nueva Ley se fortaleció la Caja de Honor, caja promotora de vivienda militar y de policía, que recibirá apoyo financiero por medio de un fondo especializado, financiado por el Gobierno Nacional.

Otro gran resultado de la ley fue el aumento de la pensión de invalidez a quienes han sido afectados en una proporción importante durante la guerra.

Ante este avance, el presidente Iván Duque afirmó que: “Y todo esto se materializa a través de una figura que hemos creado también con este decreto, la Comisión Intersectorial de Atención al Veterano, donde estarán todos los ministerios y todas las entidades involucradas en estos beneficios para que se ejecuten con la mayor celeridad y que estén también permanentemente identificando nuevas oportunidades”.

Dicha comisión coordinará ante distintas entidades territoriales las líneas de desarrollo para dicha ley, que incluyen vivienda, pensión, ventanilla de privilegios, así como la importación de vehículos a los miembros de las fuerza pública retirados que hayan tenido afectaciones en su salud y su movilidad física, quedando discapacitados.

La demanda, que está siendo estudiada por la Corte Constitucional, no atenta contra los beneficios de la Ley en sí, sino de los beneficiarios de ella, acorde con un enfoque de Derechos Humanos.

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