Helena Herrán es una mujer trans de 61 años quien, en septiembre del año pasado, ganó una tutela contra Colpensiones, para que estos le reconocieran su pensión de vejez a los 61 años, edad reglamentaria para las mujeres en Colombia. Tras haber ganado este beneficio vía judicial, la entidad de pensiones no se quedó de brazos cruzados y decidió demandarla, pidiendo ante un juez administrativo la nulidad y establecimiento del derecho, pues para ellos, Herrán sí podía pensionarse, pero solamente hasta que cumpliera 62 años, como lo harían las personas de genero masculino.
Dicha notificación le llegó a la mujer a través de correo electrónico en donde el Juzgado administrativo número 27 de Bogotá, aceptó la demanda contra Herrán y procederán con la investigación. En entrevista con El Espectador, la mujer se mostró indignada y aseguró que es el colmo que ahora ella les deba algo a ellos.
“La Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-, (…) instauró demanda de nulidad y restablecimiento del derecho (lesividad) contra la señora Helena Herrán Vargas, a fin de que se declare la nulidad de las resoluciones del 9 de septiembre de 2020 y del 22 de septiembre e 2020, actos administrativos en virtud de los cuales se le reconoció la pensión de vejez, desconociendo la normatividad aplicable en el caso”, dice el comunicado emitido por el Juzgado 27 y que publicó el diario El Espectador.
El Tribunal Superior de Bogotá, fue quien ordenó hace más de seis meses, que a la mujer se le protegieran los derechos fundamentales a la seguridad social, a la dignidad humana y a la igualdad, la decisión la ordenaron porque, según sus investigaciones, a Herrán no podían tratarla como un hombre ya que desde el 2007 había registrado su cambio de nombre y en 2016 modificó su genero sexual en su registro civil.
En ese momento, según conoció El Espectador, el despacho dio su falló a favor argumentando lo siguiente:
“El respeto a la dignidad humana impone reconocer el derecho a tener una identidad de género (…) debe ser entendido como ‘la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la experimenta profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento’ (…) La dignidad humana no es un principio que esté en función de una determinada clasificación binaria de las personas”, explicó el Tribunal Superior de Bogotá.
A pesar de la orden del Tribunal, Colpensiones contra demandó para que Helena Herrán pueda acceder a su pensión de vejez en los próximos cuatro años, esto a pesar de que desde hace más de 10 años tiene sus papeles en regla y cuenta las semanas legales para pensionarse. Además, de que sigue aportando a pensión ya que no se ha retirado de su trabajo como contadora.
En los próximos días se conocerá el fallo de esta nueva demanda y se determinará si se mantiene la decisión ya tomada por el Tribunal o si se le dará la razón a Colpensiones sobre este caso.
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