Proyecto de ley que protege los páramos en Colombia habría sido modificado

El senador de oposición Alexander López denunció que el proyecto que contempla la protección de los páramos fue modificado para continuar con esta práctica en inmediaciones del ecosistema.

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El estudio de los frailejones fueron un indicador determinante a la hora de establecer la riqueza en los páramos. Foto: Santiago Madriñán.
El estudio de los frailejones fueron un indicador determinante a la hora de establecer la riqueza en los páramos. Foto: Santiago Madriñán.

El Senado de Colombia discute este miércoles el proyecto de acto legislativo 22 de 2020 con el que se busca prohibir expresamente las actividades de explotación y exploración minera en los ecosistemas de páramo en el país.

Durante la sesión en la Comisión Primera, el senador del Polo Democrático Alexander López denunció que este proyecto fue modificado y ahora permitiría que se continuara con la explotación de minas e hidrocarburos en los páramos de Colombia.

“Por qué en la regulación que se quiere hacer en la ley, naturalmente se plantea que sigan entregando sus licencias y van a seguir permitiendo la explotación minero-energética en este país como hoy se está haciendo en Colombia”, aseguró el congresista durante su intervención.

En este sentido el congresista argumentó que, existen cerca de 400 títulos mineros que han sido otorgados por el Gobierno de Iván Duque y gobiernos anteriores que contemplan la explotación de los bosques andinos y los bosques alto andinos en el país.

Por tal razón, argumentó que con la inclusión en la Constitución de estos ecosistemas, se establecería que el páramo, del cual Colombia posee cerca de la mitad a nivel mundial, se protegería en su totalidad con áreas colindantes donde se producen importantes procesos ambientales, especialmente los relacionados con el agua.

“Cuál es nuestra preocupación entonces, de no dejar eso dicho en la norma constitucional, corremos el riesgo a futuro que una ley desmonte todo un esfuerzo que se ha hecho en este país por ambientalistas, comunidades y regiones protegiendo estos ecosistemas”, señaló el congresista

Por último, indicó que lo que se pretende evitar es que se siga permitiendo la destrucción de estos importantes ecosistemas para el país a través de la explotación minera, que afecta gravemente el agua que se produce en estas áreas.

En ese sentido, la senadora del partido Alianza Verde Angélica Lozano señaló que, este artículo “abre una ventana” que pondría en riesgo las áreas de bosque alto andino y la Zona de Transición Bosque-Páramo, que constituyen áreas fundamentales en el ecosistema.

Por tal motivo, aseguró que apoyó la proposición de Alexander López que contemplaba “una verdadera protección de los páramos y de los bosques” que componen estos ecosistemas sensibles, sin embargo, indicó que ninguna de estas alcanzó los doce votos requeridos.

Páramo de Santurbán. Fotografía cortesía de la Gobernación de Bucaramanga.
Páramo de Santurbán. Fotografía cortesía de la Gobernación de Bucaramanga.

Aprueban proyecto de ley que condena la deforestación con cárcel y hasta 50.000 SMLMV

Este 6 de abril, se aprobó en la plenaria de la Cámara de Representantes el proyecto de ley liderado por el congresista Juan Carlos Lozada, que tipifica formalmente el delito de la deforestación y otros actos ilícitos como la financiación de invasión a áreas de especial importancia ecológica, la apropiación ilegal de los baldíos que también contribuyen a la deforestación, la tenencia o transporte de mercurio, así como la promoción y financiación de la minería ilegal y el aprovechamiento ilícito de minerales.

La propuesta del representante Lozada plantea que para delitos como por ejemplo, la deforestación es decir, “quien sin permiso de autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente tale, queme, corte, arranque o destruya áreas iguales o superiores a una hectárea continua o discontinua de bosque natural o manglar”, se castigará con prisión de 5 a 12 años y multa de 134 a 50.000 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV)

Otro de las acciones delictivas que conceptualiza el congresista es el tráfico de fauna como delito autónomo: “Quien trafique, mercadee, exporte y de cualquier forma comercialice los especímenes, productos o partes de la fauna acuática, silvestre o especies silvestres exóticas”. Para este delito plantea una pena de de 5 a 11 años y 5 meses de prisión y multa de 300 hasta 40.000 SMLMV.

“La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta se cometa a través de la práctica de cercenar aletas de peces cartilaginosos (tiburones, rayas o quimeras), y descartar el resto del cuerpo al mar”, agrega la propuesta de Lozada para condenar el delito de tráfico de fauna.

Uno de los puntos del proyecto que más discrepancias causó en el debate, es la apropiación ilegal de terrenos baldíos, así como la financiación de la apropiación ilegal de los baldíos de la nación.

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