La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de España acordó la extradición del colombiano Edward Andrés Mazo Sánchez, acusado de, supuestamente, haber ordenado el asesinato de su entonces pareja, Luz Helena Belalcázar Rico, de 30 años, en hecho ocurridos en la ciudad de Palmira, Valle del Cauca, en febrero de 2019.
Sin embargo, el tribunal dejó en suspenso la ejecución de la entrega a la espera de conocer si la Subdirección General de Protección Internacional le concede asilo a Mazo Sánchez, quien reclamó persecución política por ser militante del Partido Conservador.
Mazo Sánchez, fue funcionario de la Alcaldía de Florida, Valle del Cauca, y candidato a primer mandatario del municipio. De acuerdo con las investigaciones del CTI de la Fiscalía Palmira le habría pagado a Julián David Salcedo Dagua, la suma de 500 mil pesos por asesinar a su ex pareja.
En un auto con fecha de 25 de marzo, la Sala da trámite a la petición de Colombia de extraditar a este hombre, de 40 años de edad, que permanece en prisión provisional en España por esta causa desde septiembre de 2020, cuando fue detenido por la Policía porque pesaba sobre él una orden internacional de detención.
Según el relato de los hechos aportado por las autoridades colombianas, en febrero de 2019 la víctima, Luz Helena Benalcazar, viajaba en un autobús del servicio público cuando fue asesinada con arma de fuego por un sujeto que posteriormente declaró ante la Policía que había sido contratado para asesinarla.
El autor material confesó que la persona a la que ahora se extradita le abonó la cantidad de 500.000 pesos y le entregó una pistola para que realizara el asesinato. El móvil del ataque “fueron los celos en razón a que ella tenía otra pareja”, dice el escrito de las autoridades colombianas, por lo que se trataría de un crimen machista.
En la vista extradicional, que se celebró en presencia del reclamado y de su abogado, además del Ministerio Fiscal, se opusieron a su entrega, mientras que los fiscales abogaron por entregarle a las autoridades colombianas dado que se cumple en este caso el requisito de doble incriminación --delito perseguido en ambos países--, el mínimo punitivo exigido (un año) y que los hechos no está prescritos. La defensa se apoyó para evitar la extradición en la presunción de inocencia de su defendido y en que no procede la entrega dado que ya se había solicitado refugio y asilo cuando llegó a España por las amenazas que sufría en Colombia. Además, apuntaron que el autor material confesó contra él a cambio de una importante rebaja de la pena.
En los fundamentos de derecho, la Sala indica que los hechos por los que se le reclama constituyen en Colombia un delito de femenicidio agravado en concurso heterogéneo con el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, y recalcan que está castigado con penas privativas de libertad que van de los 500 a los 600 meses (más de 40 años) y detalla que se cumple con los requisitos del Convenio de Extradición con Colombia: Carece de nacionalidad española, no ha sido juzgado por este asunto, se trata de un delito común “alejado de connotación política” y no se advierte motivación espuria en la reclamación.
Al hilo, recuerdan que el hecho de que el detenido fuera candidato a la alcaldía de la ciudad de Florida y que fuera militante activo para combatir el narcotráfico no guarda relación con los hechos que se le imputan, y que consistieron en pagar a un sicario para que matara a la mujer con la que había tenido una relación afectiva en el marco de una disputa por la custodia de un menor. A pesar de echar por tierra todas las alegaciones de la defensa, la Sala indica que dado que solicitó asilo en julio de 2019 y puesto que el expediente está en fase de instrucción, sólo se puede determinar la suspensión de la entrega hasta la resolución de esa petición de asilo.