Corte Suprema de Justicia pidió reintegrar a mujer que había renunciado a su cargo cuando sufría de depresión

El alto tribunal determinó que la renuncia se dio cuando la mujer sufría un estado depresivo grave y afectaciones por el alcohol, por lo que exigió el pago de seguridad social desde 2008 hasta la fecha.

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Sala plena de la Corte
Sala plena de la Corte Suprema de Justicia.

La Corte Suprema de Justicia determinó que el banco BBVA debía reintegrar a su puesto laboral a una mujer que demandó ante la Sala de Casación Penal que esa entidad se había negado a hacerlo argumentando que la mujer había presentado una renuncia consciente y voluntaria en 2008. El alto tribunal declaró la nulidad absoluta de ese acto.

En el documento, la defensa explica que la señora presentó demanda laboral contra el BBVA, con el fin de obtener la declaratoria de nulidad absoluta de la renuncia presentada el 15 de agosto de 2008, según afirma, “…en razón del estado de alteración mental que la afectaba al momento de dar por terminado el contrato de trabajo” . Subsidiariamente, solicitó la nulidad relativa por haber suscrito la renuncia “…en presencia de un vicio de la voluntad”.

La señora sufrió la muerte violenta de su esposo en diciembre de 2002, por lo que le diagnosticaron depresión ya que requirió un tratamiento con medicamentos, esto le dio una incapacidad laboral de varios periodos entre 2006, 2007 y 2008. El 15 de agosto de ese año, se presentó a laborar, pero le manifestó al Gerente que no tenía ánimos de trabajar, y después de dialogar con él, aceptó renunciar a su cargo. Agrega la que el Banco era consciente de sus problemas psicológicos.

“La renuncia a su cargo no fue un acto libre, consciente y voluntario, y que el mismo está viciado por el estado de afectación psíquica que padecía para ese momento y que le impedían comprender el alcance y las consecuencias de su proceder”.

Ante esto, el juez laboral del Juzgado Civil del Circuito de Caucasia, en primera instancia, determinó que la señora no estaba plenamente consciente para renunciar ya que su estado mental estaba afectado por la depresión y los efectos del alcohol, con esto, pidió nulo el acto de renuncia que presentó “con el pago de los salarios y prestaciones sociales dejados de percibir desde el 16 de agosto de 2008″.

Ambas partes resultaron inconformes, por lo que se interpusieron recursos de apelación y en segunda instancia se tumbó la decisión anterior y determinó que la mujer sí estaba en sus facultades para renunciar y que ese día estaba en “condición mental de normalidad”. Ante esto la mujer interpuso recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia que revocó la sentencia proferida en segunda instancia el 23 de noviembre de 2011 y, en su lugar, declaró la nulidad absoluta de la renuncia que presentó la mujer en agosto de 2008.

Además decidió adicionar la mencionada sentencia de primer grado, “en el sentido de ordenar al BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA COLOMBIA S.A. ´BBVA COLOMBIA’ el pago de los aportes a la seguridad social de la mujer desde el 15 de agosto de 2008, y hasta la fecha del reintegro”.

Esto gracias a que la mujer el día que presentó la carta, “padecía de dos trastornos que están asociados entre sí, como son un estado depresivo grave o mayor y adicionalmente la adicción o dependencia del alcohol, referida desde diciembre de 2006, lo que afectó su capacidad volitiva, lo cual conduce a que presente dificultades de discernimiento, raciocinio, alteraciones en su comportamiento al punto de que no comprenda la realidad, tal y como lo declaró el psiquiatra médico que venía tratando y diagnosticando a la actora”, además explicó que no existe fundamento legal alguno que impida ordenar la reinstalación al cargo de la señora”.

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