Desde que inició la pandemia cientos de trabajadores y empleadores se han visto en la obligación de cambiar sus modelos de trabajo y adecuar sus hogares para cumplir con sus obligaciones, sin embargo, como en Colombia no existía esta medida, muchas preguntas quedaron abiertas, entre ellas hasta qué hora trabajaban legalmente los empleados, qué medidas tomar desde la casa y cómo adecuar los espacios para cumplir con el trabajo.
Desde el pasado martes, el Senado aprobó el proyecto de ley con el que se busca regular el trabajo en casa, esta iniciativa busca regular la jornada laboral, las horas extras y el auxilio a la conectividad digital, entre otras medidas para que el empleado logre cumplir con sus funciones.
“En el contexto del confinamiento para contener la pandemia se ha verificado el crecimiento exponencial de modalidades de trabajo a distancia exacerbando los poderes de dirección patronales que demandan el rediseño de los esquemas de tutela del trabajo”, comentó Iván Daniel Jaramillo, director del Observatorio de Derecho Laboral de la Universidad del Rosario al diario Vanguardia.
¿Qué cambiará con la ley de trabajo en casa?:
Lo primero que hay que aclarar es que a pesar de haber sido avalada por el Senado y Cámara de Representantes esta medida pasará a conciliación en los próximos días y finalmente a sanción presidencial para que se empiece a ejecutar.
En cuanto esta sea aprobada desde presidencial los cambios que se verán en los contratos y funciones de trabajadores será estas:
- Derecho a la desconexión laboral: todo empleado que ejerza sus funciones bajo la modalidad de trabajo en casa tiene derecho a que se le respeten los horarios de trabajo pactados en el contrato inicial.
“Se establece claramente el criterio de la desconexión laboral. El empleador tendrá que abstenerse de dar instrucciones u órdenes después de la jornada laboral, se garantiza el descanso del trabajador para que pueda conciliar su vida familiar y personal, se garantiza el cumplimiento de los descansos, de los permisos, de las licencias, de las vacaciones”, explicó el senador Carlos Fernando Motoa, ponente del proyecto en la emisora RCN Radio
- La jornada laboral máxima será de 8 horas diarias y 48 horas a la semana.
- Las horas extra no podrán superar las dos horas diarias ni 12 horas semanales.
- El trabajador debe realizar su carga habitual de trabajo y no debe tener sobrecargas adicionales.
- Los empleadores deben promover las pausas activas.
- Se debe respetar la vida personal y los descansos a los que tiene derecho el trabajador.
- Uno de los beneficios que reglamenta el proyecto de ley es el auxilio a la conectividad digital, para aquellas personas que ganan hasta dos salarios mínimos y reciben el auxilio de transporte bajo la modalidad de trabajo presencial.
Los empleadores tendrán que verificar que los empleados cumplan con todas las necesidades básicas para poder ejecutar sus labores desde casa y que no haya contratiempos a la hora de entregar los trabajos necesarios.
Es importante aclarar que según el mismo coautor del proyecto, el senador de Cambio Radical, Richard Aguilar,
“El trabajo en casa no es una modalidad laboral, sino que es una habilitación que no cambia las condiciones laborales del contrato original, que es temporal, por tres meses prorrogables por otros tres meses o hasta que la circunstancia excepcional se mantenga”, indicó en la emisora Caracol Radio el Senador.
Por su parte, Motoa, explicó que el teletrabjo es diferente al trabajo en casa, el primero se da por acuerdo mutuo entre el trabajador y el empleador mediante un contrato, y su duración se define en el mismo. Mientras que el segundo se da en circunstancias especiales o excepcionales que le impidan al empleado cumplir con sus funciones en el sitio al que se desplaza a laborar y solo durará 3 meses, prorrogable por un trimestre más.
El teletrabajo ya está reglamentado por la ley 1221 de 2008.
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