De acuerdo con información del Consejo de la Judicatura, a la fecha hay 6.817 personas que quedaron en libertad por vencimiento de términos, un recurso legal que, por estos días, genera polémica al convertirse en un destino común entre personas que, por una u otra razón, se enfrentan a la justicia colombiana. Durante el transcurso de esta semana, Oneida Pinto, exgobernadora de la Guajira; Carlos Julián Bermeo, exfiscal de la JEP; y Sergio Zuluaga Peña, excontralor de Antioquia, fueron dejados en libertad bajo esa causal. ¿Cómo funciona ese recurso?
El debate frente al tema se ha tomado la opinión pública en los últimos días y, en medio de la polémica, Noticias Caracol consultó a expertos en el tema para resolver aquella duda que tiene dudando a los ciudadanos si aquel recurso funciona como una especie de maniobra irregular.
“Esta figura se produce siempre por responsabilidad de la Fiscalía General de la Nación a través de sus delegados y de los juzgados que adelantan los procesos”, le dijo al noticiero Felipe Caballero, abogado penalista.
La Ley que regula la libertad por vencimiento de términos es el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004), que en su artículo 307, explica que la libertad del imputado, o acusado, se cumplirá de inmediato, por orden de un juez, en diferentes situaciones y espacios temporales.
La orden se da cuando, luego de dos meses desde la imputación, no se ha presentado el escrito de acusación o solicitado la preclusión; cuando haya pasado cuatro meses luego de la presentación del escrito, pero no se haya realizado una audiencia de juicio; o cuando han transcurrido 150 días desde el inicio de la audiencia de juicio, pero no se haya celebrado la audiencia de lectura de fallo.
De acuerdo con las fuentes consultadas por Caracol Noticias, en su mayoría, la responsabilidad de que esta herramienta recaiga sobre los acusados recae sobre la Fiscalía General de la Nación.
“Esta figura se produce siempre por responsabilidad de la Fiscalía General de la Nación a través de sus delegados y de los juzgados que adelantan los procesos”, aseguró el abogado, Felipe Caballero.
Sin embargo, ante la creencia de que la libertad es sinónimo de impunidad, el informativo reveló el testimonio de la abogada penalista Laura Kamila Toro, que aseguró que el vencimiento de términos no es equivalente a un cierre del caso o de la investigación.
“El vencimiento de términos no significa impunidad, es una garantía judicial para el procesado. Jamás un vencimiento de términos es consecuencia de aplazamientos o maniobras dilatorias por parte de la defensa, es un castigo por la mora judicial”, manifestó.
Oneida Pinto, señalada por irregularidades en contratos destinados a la reducción de la mortalidad infantil, a la compra de adoquines y a viviendas de interés social, quedó en libertad luego de que, según su abogado, Antonio Luis González, pasaran 240 días sin que se iniciara el juicio en su contra.
Lo mismo sucedió con el exfiscal de la JEP Carlos Julián Bermeo, quien quedó en libertad luego de que pasaran 600 días desde que se le hizo llamado a juicio, y no ha iniciado. Bermeo está señalado de haber pedido dinero a cambio de incidir en procesos de la justicia especial a favor de Jesús Santrich, disidente de las FARC y prófugo de la justicia.
Sergio Zuluaga Peña, excontralor de Antioquia, investigado por presuntos actos de corrupción, fue dejado en libertad por orden de un juez de Medellín, en días pasados, también por vencimiento de términos.
Zuluaga, según la investigación, habría creado un supuesto cartel encargado de modificar informes en la Contraloría de Antioquia. De acuerdo con el ente acusador, habría hecho esto de la mano de otros ex funcionarios como César Augusto Zapata, José Hernando Duque, Andrés Ortiz y a Héctor Darío Cano. El excontralor quedó en libertad luego de que se venciera el término para citar a juicio oral.
Seguir leyendo: