Consejo de Estado decidirá este 11 de marzo si frena o no los pilotos de ‘fracking’ en Colombia

Los magistrados debatirán sobre si deben anular o no, las dos normas del Ministerio de Minas y Energía que establecen los criterios para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales a través de fracturación hidráulica en el país.

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Este 11 de marzo, la Sala Plena de la Sección Tercera del Consejo de Estado tendrá en sus manos la decisión de fondo y en única instancia sobre la nulidad de las normas que disponen los parámetros técnicos y procedimentales para la exploración y explotación de hidrocarburos en Yacimientos No Convencionales mediante ‘fracking’.

Los magistrados debatirán el proyecto con el cual se definirá si debe anularse o no, las dos normas del Ministerio de Minas y Energía. Se trata del Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014, que establecen los criterios para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales a través de fracturación hidráulica.

“Este será el primer fallo de una alta corte sobre esta controvertida técnica, y puede llegar a dar un mensaje fundamental sobre la necesidad de proteger el derecho de las futuras generaciones a disfrutar de un ambiente sano en el contexto de la crisis climática, el mayor reto al que nos hemos enfrentado como humanidad”, detallaron desde la Alianza Colombia libre de Fracking.

También explicaron que, la sentencia pondrá fin al proceso judicial iniciado por el Grupo de Litigio de Interés Público de la Universidad del Norte en contra del Decreto 3004 y la Resolución 90341. “Una decisión coherente con lo acontecido durante el juicio debería llevar a declarar la nulidad de las normas, ya que estas no atienden los riesgos graves e irreversibles para el ambiente y la salud humana que, como se demostró, están asociados a la técnica del Fracking. Una decisión coherente responderá a la solidaridad intergeneracional que ha sido ampliamente reconocida como valor constitucional por todas las Altas Cortes de este país”, indicó la organización ambiental.

Cortesía Blu Radio
Cortesía Blu Radio

Para la Alianza Colombia libre de Fracking, esa actividad debe ser censurada, ya que contradice la Constitución ecológica de 1991, el Acuerdo de París, el Convenio de Río de Janeiro, la Convención Ramsar, entre otros instrumentos del derecho internacional de los derechos humanos.

“Los jueces deben controlar la constitucionalidad y legalidad de las normas y deben recordarle a la Rama Ejecutiva que en este país se legisla y se administra respetando los derechos humanos de los colombianos y del ambiente”, advirtieron.

En el debate que se realizará, el Consejo de Estado deberá analizar un concepto que entregó la Procuraduría que recomienda tumbar las normas que facultan la práctica, por falta de evidencia científica que indique que no afecta el medio ambiente, el agua y la salud pública.

“Conlleva un riesgo potencial al medio ambiente, en especial respecto del recurso hídrico y la salud pública, riesgos sobre los cuales existe incertidumbre científica, pero que indica que puede generar un daño grave e irreversible al medio ambiente”, sostiene el documento del Ministerio Público.

Pero también, lo que sostiene la contra parte, en este caso la petrolera Ecopetrol, es que el tribunal no tiene competencia para estudiar el caso, “escapa a la órbita competencial de la Sala y no es propio de las facultades que le corresponden al Juez de lo Contencioso Administrativo en el marco de un proceso de nulidad simple”.

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