En medio del proceso investigativo que se adelanta en la Fiscalía General de la Nación respecto al expediente del Álvaro Uribe Vélez, del cual se sabrá la solución el sábado 6 de marzo, luego de que se terminara el plazo de 120 días que tenía el fiscal Gabriel Jaimes para tomar una decisión, el periódico El Tiempo habló con juristas sobre qué pasaría en cada uno de los escenarios, y encontró que hay por lo menos tres caminos: la preclusión, la acusación, la solicitud de nulidades.
Los expertos entrevistados por este medio fueron el presidente del Colegio de Abogados Penalistas, Francisco Bernate y Camilo Burbano, profesor de derecho penal del Externado.
<b>Escenario si la Fiscalía pide dar por precluirlo el caso</b>
Precluir el caso significa que se da por terminado ya que la Fiscalía no encontró pruebas suficientes, llamarlo a juicio, o determina que no cometió los delitos de soborno a testigos y fraude procesal. En este caso el fiscal Gabriel Jaimes, quien está a cargo del proceso, podría pedirle a un juez de conocimiento en una audiencia que precluya el proceso.
Pero, de acuerdo con Francisco Bernate, en caso de que la Fiscalía determine precluir el proceso, las víctimas, es decir, el senador Iván Cepeda, el exfiscal general Eduardo Montealegre y el exvicefiscal Jorge Perdomo, podrían oponerse. Además, Bernate explicó que la petición de preclusión que hace la Fiscalía no obliga tampoco al juez, quien puede aceptarla o negarse.
Esto último, según Camilo Burbano, en la audiencia en la que la Fiscalía solicite la preclusión, el ente acusador debe presentar los argumentos con los que está haciendo su petición, y las víctimas también tienen la oportunidad de expresar sus pruebas y alegatos, si no están de acuerdo. Y, en ese caso, si por el contrario el juez niega la solicitud de preclusión la Fiscalía se vería enfrentada a tener que decidir si presenta una acusación con lo que tiene, o si reformula su petición de preclusión.
<b>Escenario si la Fiscalía decide acusar</b>
En el caso en que la Fiscalía acuse al exmandatario es porque, conforme a las pruebas, todas fueron aceptadas y determinan que hay suficientes elementos para hacerlo, posteriormente, se tiene que solicitar ante un juez de conocimiento una audiencia de lectura de acusación y para este momento no habría más posibilidades. “Esa sería una diligencia de trámite donde la Fiscalía lee unos cargos, la defensa no puede hacer mucho más que pedir aclaraciones, y se convocaría al juicio”, dijo el abogado Bernate para la entrevista con El Tiempo.
<b>Escenario si la Fiscalía presentan nulidades</b>
El caso de Uribe carece de antecedentes, por esto se abre una tercera opción. Además, hay que recordar que, con una tutela la defensa por parte del exmandatario, estaban buscando que se cayera la calidad de imputado de Uribe, poniendo como argumento que no se podía equiparar una indagatoria de la Corte Suprema de Justicia con una imputación de la Fiscalía, y por lo tanto se señaló que esa etapa no estaba superada.
Ante esta petición el Tribunal Superior de Bogotá se negó a esa solicitud, ya que consideró que no podía pronunciarse sobre un proceso judicial que se encuentra en curso, y, porque además, la tutela es un mecanismo excepcional y subsidiario.
Por esta razón, el juez de conocimiento podría pedirle a la defensa de nuevo la nulidad del proceso y el despacho judicial tendría que pronunciarse y volver a estudiar si la imputación se podía equiparar o no a una indagatoria.
”Eso se tendría que alegar como una nulidad en la audiencia de acusación, afirmando que hubo una vulneración al debido proceso, y el juez tendría que pronunciarse al respecto”, explicó el profesor Burbano para El Tiempo.
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