Proceso de extinción de dominio contra Enilce López, alias ‘La Gata’, debe empezar de nuevo por errores de procedimiento

Las medidas de embargo no se caen, pero debe notificarse nuevamente a los dueños de los bienes.

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Enilce López, alias 'la Gata'.
Colprensa
Enilce López, alias 'la Gata'. Colprensa / Archivo

El pasado 9 de febrero, se conoció que un fiscal delegado ante el Tribunal de Bogotá dejó sin piso las medidas cautelares con fines de extinción de dominio en contra de Enilce López alias ‘La Gata’, quien sirvió de testaferro al paramilitarismo en el Caribe a través de sus empresas de chance.

“Ante la presencia de irregularidades de carácter sustancial se impone la declaratoria de nulidad con el fin de garantizar los derechos al debido proceso y defensa que se advierten conculcados”, reveló El Espectador sobre el documento que conocieron.

A pesar de que en 2014 la Fiscalía inició todo un operativo en contra de las propiedades de López, en el que capturó todas las propiedades vinculadas a la alidada de los paramilitares, que superaban los $500 millones de dólares, un error del fiscal llevaría a que el expediente tenga que volver a cero.

El diario reveló que la Fiscalía no notificó a la totalidad de propietarios de trece inmuebles que debían pasar a manos del Estado, como una finca que era propiedad de ‘La Gata’, su hija Wendy Vanesa Alfonso López y otra mujer. Esta última nunca se enteró que la propiedad entró en proceso de extinción.

Este mismo error ocurrió con nueve vehículos, entre camionetas y motocicletas, lo que se traduce como una causal de nulidad, dentro del proceso. Además, el ente investigador debía dar aviso a los acreedores o personas que hubiesen inscrito embargos sobre los predios de ‘La Gata’, pero esto no ocurrió.

En este caso, Empresarios Asociados de Apuestas del Magdalena (Aposmar) y Unión de Inversión de la Costa Atlántica (Unicat) tenían varios préstamos con el Fondo Nacional del Ahorro o el Banco Cafetero, que no recibieron la notificación del proceso contra esta mujer y sus propiedades.

En total se contabilizan ocho inmuebles y cinco vehículos que tenía deudas entre las que hay hipotecas, prendas con los concesionarios y los acreedores no recibieron notificación de la Fiscalía. Otros seis predios y una camioneta estaban embargados y los jueces que decretaron esas medidas o alguna de las partes del proceso fueron notificados por la Fiscalía.

El diario reveló que, los abogados de Enilce López interpusieron apelaciones y debido a esto un fiscal de extinción de dominio superior, delegado ante el Tribunal de Bogotá encontró los errores y advirtió que descubrió que la Fiscalía no le informó a la ciudadanía abiertamente que iniciaría un proceso para extinguir el dominio contra estos bienes, como es su obligación.

La Fiscalía deberá pasar a sanear los yerros presentados e invalidantes, valga decir, gestionando la notificación personal de la resolución de inicio y sus aditivas a las personas con títulos inscritos de propiedad; a las personas con acreencias hipotecarias y prendarias a su favor, como a las personas con embargos o gravámenes a su favor; y por último cumplir con la publicidad por edicto emplaza torio de los bienes.

Por su parte, Alfredo Montenegro, abogado de López, explicó que este es un tema de procedimiento y que no tiene un efecto práctico sobre los bienes, que siguen embargados y en poder de la Fiscalía.

“La nulidad que sacó la segunda instancia el fiscal delegado ante el Tribunal de Bogotá se da porque se notificó indebidamente la acción de extinción de dominio. Ahora se debe notificar debidamente para poder continuar con el proceso, pero todo queda en pie, la Fiscalía no tumbó su decisión de extinción, no se desembargan los bienes ni nada, estos siguen en poder de la Fiscalía”, concluye el abogado.

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