JEP vinculó al exdirector del DAS general (r) Miguel Maza Márquez, por el caso del exterminio de la UP

El general retirado Miguel Maza Márquez intentó acogerse al tribunal de paz por el caso del magnicidio de Luis Carlos Galán pero fue rechazado.

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General (R) Miguel Maza Márquez.
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General (R) Miguel Maza Márquez. Foto: Mario Franco - Colprensa

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) citó al general retirado Miguel Maza Márquez para que rinda versión sobre su participación como miembro de la fuerza pública y director del desaparecido DAS, en la matanza que llevó al exterminio del movimiento político de la Unión Patriótica (UP).

Para el tribunal de paz es importante interrogar al exgeneral en medio de la investigación que adelanta dentro del caso 06 ‘Victimización de miembros de la UP’. La diligencia se adelantará el 26 de marzo en la mañana.

Mediante el auto 028 de 2021, la Sala hizo este llamado teniendo en cuenta que el general (r) Maza Márquez fue mencionado en los informes de la Fiscalía General de la Nación y del Centro Nacional de Memoria Histórica, y en los informes presentados por las víctimas, y luego de recaudar numerosas pruebas y decisiones judiciales de la justicia ordinaria.

Una de las piezas centrales tenidas en cuenta fue la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, en el caso de Galán, en la que el alto tribunal condenó a Maza Márquez no sólo como coautor de dicho magnicidio sino también como autor del delito de concierto para delinquir agravado “por promover el grupo armado ilegal que conformaron las autodefensas del Magdalena medio, [ya que] el proceso acredita con suficiencia que el acusado tejió estrechos vínculos con Henry de Jesús Pérez Durán, comandante de dicho grupo ilegal”.

Es importante tener en cuenta que, como ha sido probado en la justicia ordinaria, los grupos paramilitares del Magdalena Medio fueron responsables de múltiples asesinatos y masacres en contra de miembros de la Unión Patriótica.

Asimismo, Maza Márquez deberá explicar lo relacionado con el asesinato de varios dirigentes nacionales y regionales de la Unión Patriótica, que han sido documentados a través de informes oficiales y no gubernamentales allegados a la Sala de Reconocimiento. Estos crímenes ocurrieron durante su ejercicio como director del DAS (entre 1985 y 1991), en los que se vieron involucrados funcionarios de dicha institución, que era responsable de la seguridad y escolta de las víctimas.

Dentro de los casos mencionados en los informes presentados a la Jurisdicción, se encuentran los asesinatos de los candidatos presidenciales de dicho partido: Jaime Hernando Pardo Leal (1987) y Bernardo Jaramillo Ossa (1990), así como de los directivos nacionales y regionales, José de Jesús Antequera, Teófilo Forero, Diana Stella Cardona y Gabriel Jaime Santamaría, entre otros.

Maza Márquez fue director del desaparecido DAS, Departamento Administrativo de Seguridad, entre 1985 y 1991, y paga una condena de 30 años de cárcel por su responsabilidad en el crimen del candidato presidencial Luis Carlos Galán.

De hecho, hace unos meses intentó acogerse a la JEP por este caso junto al exministro y excongresista Alberto Santofimio buscando obtener beneficios de la justicia especial por este delito, pero el tribunal de paz rechazó la solicitud argumentando que el crimen cometido contra el líder político Galán Sarmiento se produjo por razones de narcotráfico y sin ninguna relación con el conflicto armado.

Sobre el caso 06 de la JEP

En marzo de 2019, la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) de la JEP abrió el caso No. 06, denominado “Victimización de miembros de la Unión Patriótica (UP) por parte de agentes del Estado”, a partir del Informe No. 3 presentado por la Fiscalía General.

La Sala de Reconocimiento tomó esta decisión a partir de otros dos informes: “¡Venga esa mano, país! Memoria viva de una vergüenza nacional”, de la Corporación Reiniciar, y “Todo pasó frente a nuestros ojos. El genocidio de la Unión Patriótica 1984-2002”, del Centro Nacional de Memoria Histórica.

La Unión Patriótica (UP) nació en 1985, en medio de los diálogos de paz de Uribe (Meta), entre las antiguas Farc-EP y el gobierno de Belisario Betancur.

De acuerdo con la Fiscalía, 1.620 dirigentes, militantes y simpatizantes de la UP fueron victimizados desde 1984. Por su parte, la Corporación Reiniciar y el Centro Nacional de Memoria Histórica coinciden en afirmar que se trata de más de 6.000 víctimas. El partido perdió su personería jurídica en septiembre de 2002 y solo la recuperó en 2013 con una sentencia del Consejo de Estado, que tuvo en cuenta la violencia sistemática contra sus miembros. Las víctimas y la Corporación Reiniciar han insistido en expresar que la victimización de la que ha sido objeto “se denomina genocidio por razones políticas”.

El próximo 8 de febrero
El próximo 8 de febrero la Corte Interamericana se encontrará con las víctimas de la Unión Patriótica, delegados del Estado colombiano y peritos.

La Sala de Reconocimiento consideró que el caso de la UP cumple con todos los criterios de priorización. De acuerdo con los tres informes recibidos por la JEP, los miembros de la Unión Patriótica (UP) fueron víctimas de violencia sistemática y padecieron conductas que atentaron contra su derecho a la vida, libertad, seguridad e integridad física, sexual y psicológica.

La Sala estimó que la información de los tres informes apunta a la existencia de una práctica sistemática y generalizada a nivel nacional que buscaba el exterminio de la UP y sus miembros.

En cuanto a sus perfiles, las víctimas eran líderes, dirigentes, activistas y campesinos que, por su condición de civiles (personas protegidas por el Derecho Internacional Humanitario), fueron víctimas por sus convicciones políticas en diferentes partes del territorio nacional.

El informe de la Fiscalía General estableció que, las investigaciones en la justicia ordinaria han sido insuficientes para establecer la responsabilidad de los autores de estos hechos. “De los 863 radicados, 809 están siendo tramitados bajo la Ley 600 y 54 bajo la Ley 906. En lo que respecta a la Ley 600, 479 procesos, el 59.21% de los casos, no han superado la etapa de investigación previa. Adicionalmente, 267 procesos, es decir el 33% de los casos, se encuentran en etapa de instrucción y 53 procesos, el 6.55% de los casos, están en juicio”, detalló el ente acusador.

Además, de las 246 sentencias proferidas, solo se ha condenado a dos agentes del DAS, 18 miembros del Ejército y 10 agentes de la Policía.

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