A partir de este 1 de febrero, los trabajadores colombianos que ganan menos de un salario mínimo mensual, tendrán la posibilidad de vincularse a lo que el Gobierno nacional denominó Piso de Protección Social (PPS), creado por el Plan Nacional de Desarrollo y reglamentado por el decreto 1174 del 27 de agosto del 2020.
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, el PPS está dirigido a personas que, hasta ahora, por sus bajos ingresos no han tenido acceso a la seguridad social.
Aquellos trabajadores que se vinculen a este Piso de Protección Social obtendrían cobertura en salud, a través del régimen subsidiado y podrían aportar al Servicio Social Complementario de los Beneficios Económicos Periódicos (Beps), con lo cual tendrían protección durante la vejez, acceso a un seguro para gastos de fallecimiento, amparo exequial y enfermedades graves, entre otros. Adicionalmente, el Estado aporta un 20% adicional al valor ahorrado, con el fin de que el trabajador complete el capital necesario para tener un auxilio tras su retiro del mercado laboral.
“El aporte deberá efectuarse mensualmente por el empleador o contratante según corresponda, y podrá realizarse en cualquier tiempo durante el mes en el que se desarrolla la actividad”, explicó el Ministerio de Trabajo recién se hizo público el decreto.
Según explicó el Gobierno, si el trabajador tiene una vinculación laboral, el empleador o contratante deberá aportar el equivalente al 15% del ingreso mensual del beneficiario, sin que, bajo ninguna circunstancia, pueda deducirlo del sueldo; en caso de que el afiliado no tenga una vinculación formal, deberá afiliarse de manera voluntaria y ser él quien aporte el 15% de su salario..
Del 15% que se aporte, 14 puntos irán a la cuenta de ahorro individual y un punto irá al pago de la prima de seguro inclusivo.
De acuerdo con los cálculos del Gobierno, unos dos millones de colombianos podrían vincularse por medio del esquema obligatorio del PPS y otros siete millones cumplirían las condiciones para ingresar de forma voluntaria.
Las personas que cumplen con los requisitos para hacer parte de este régimen de forma inmediata son, aquellas que tengan uno o varios vínculos laborales por tiempo parcial y las personas que tengan varios contratos por prestación de servicios y que reciban una contraprestación total mensual inferior a un salario mínimo.
Y las personas que se pueden inscribir de forma voluntaria son todas aquellas que no tengan una vinculación laboral o no hayan suscrito un contrato de prestación de servicios, que no tengan capacidad de pago para cubrir el monto total de la cotización al Sistema de Seguridad Social y cuyo ingreso total mensual sea inferior a un salario mínimo después de descontar las expensas y costos que contempla el artículo 107 del Estatuto Tributario.
MinTrabajo calcula que cerca de dos millones de personas susceptibles de ser incluidas en el esquema obligatorio del PPS, y alrededor de siete millones más que cumplen con las condiciones para acceder al esquema voluntario.
De acuerdo con el Dane el 48,6 por ciento de la población ocupada en Colombia, entre enero y octubre del 2020, ganaba menos de un salario mínimo al mes. y el Ministerio calcula que el 45 por ciento de los ocupados en el país, que obtienen ingresos mensuales que están por debajo del salario mínimo.
Será la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), la encargada de realizar la fiscalización a los empleadores que cuenten con trabajadores afiliados al sistema de seguridad social en el régimen contributivo, así lo menciona la página de MinTrabajo.
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