El proceso de Álvaro Uribe vuelve a la Corte Suprema de Justicia, defensa pide decidir si sigue imputado o no

Tras haber sido declarada improcedente la tutela que presentó el expresidente, el abogado de Uribe pidió que la Corte resolviera el conflicto de procedimiento.

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Foto: Colprensa - Camila Díaz
Foto: Colprensa - Camila Díaz

El caso del expresidente Álvaro Uribe Vélez en la justicia ordinaria vuelve, por tercera vez, a la Corte Suprema de Justicia, que deberá resolver la impugnación a un fallo del Tribunal Superior de Bogotá, que negó la tutela impuesta por la defensa de Uribe, la cual buscaba tumbar la decisión del juez Cuarto, quien dejó en etapa de imputación el proceso, equiparándola con la indagatoria que le había realizado la ocrte cuando era senador de la Republica.

A través de un comunicado, Jaime Granados, abogado del expresidente, anunció que impugnó la decisión del Tribunal, que declaró improcedente la tutela e insiste que a Uribe Vélez se le está vulnerando el derecho al debido proceso, declarando que, tanto la Fiscalía como la Procuraduría, respaldan su tesis y le pidió a la Corte que revise la decisión para que cierre el debate.

Se interpondrá impugnación con la que se buscará que la Honorable Corte Suprema de Justicia revise el conflicto procedimental, con el que, indudablemente, se han lesionado los derechos fundamentales del ciudadano (…) mediante sólidos argumentos constitucionales y legales, se espera restablecer las vulneraciones a un debido proceso y a un derecho de defensa, frente a la interpretación que aplicó un juez con relación a un conflicto entre dos legislaciones procesales distintas”, aseveró la defensa en un comunicado.

Esta es la tercera vez que interviene la CSP: primero, el expresidente estuvo bajo su competencia porque los hechos por los cuales se le señala ocurrieron en su ejercicio como senador de la República, por lo cual, al alto tribunal le correspondía investigarlo (la Corte lo hace con congresistas y funcionarios de rango mayor) y, de ser necesario, condenarlo, pero finalmente Uribe renunció a su curul y la CSP perdió todo derecho sobre su caso que pasó a la Fiscalía General de la Nación.

Después, en septiembre de 2020, la Corte tuvo que pronunciarse sobre un conflicto de competencias, cuando la defensa del senador Iván Cepeda dijo que la jueza 30 de control de garantías, Clara Ximena Salcedo, no era competente para determinar si Uribe permanecía o no en libertad, pero el alto tribunal dio a conocer que sí estaba en capacidad de hacerlo y ella reafirmó la decisión de retirarle la medida de aseguramiento que previamente le había impuesto la Corte Suprema en agosto de 2020.

Por ahora es necesario resolver este alto en el camino para conocer si el proceso se mantiene en la etapa de imputación, en la cual el Juzgado deberá decidir si absuelve o lleva a juicio a Álvaro Uribe por los delitos de soborno y fraude procesal. Opinión contraria expresó la jueza en primera instancia, cuando liberó a Uribe, quien contradijo a un juez en segunda instancia y dijo que no se puede equiparar la indagatoria con una imputación de cargos; en el caso de que la Corte apoye esta posición significaría devolver el proceso prácticamente a ceros, donde se deberán volver a presentar pruebas y todo el material necesario para judicializar o imputar al expresidente de nuevo.

El Tribunal Superior de Bogotá rechazó la tutela que buscaba tumbar la imputación por las siguientes razones: la actuación penal cuestionada se encuentra en curso; al interior de ella existen medios de defensa judicial idóneos y expeditos para reclamar la protección de los derechos al debido proceso y defensa; mismos que no han sido ejercitados; y en este caso no puede realizarse el análisis reclamado, pues implicaría una interferencia injustificada en la órbita de competencia de la justicia ordinaria.

“En atención a la procedencia de la acción en los casos de acreditarse un perjuicio irremediable, determinemos si en el sub judice se configura. Para el efecto, acudamos a lo expuesto por la jurisprudencia constitucional que ha fijado el cumplimiento de unos presupuestos de inminencia, urgencia, y gravedad”, dijo el tribunal.

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