JEP oficializó la primera imputación al secretariado de las Farc

Este jueves se conoció el auto emitido por la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz, que vincula oficialmente a los miembros del secretariado de las Farc en el caso por toma de rehenes. Vendrán más implicados, anunció el tribunal.

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Rodrigo Londoño, conocido como Timochenko

Colprensa
Rodrigo Londoño, conocido como Timochenko Colprensa

Este jueves 28 de enero, la Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) comunicó oficialmente acerca de la imputación de cargos a ocho miembros del antiguo secretariado de las extintas Farc-EP. Esto se da en el marco del caso 001 “Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad” que investiga y terminará judicializando el Tribunal de Paz.

Los responsables de estos hechos son los antiguos miembros del Secretariado que están sometidos a la JEP: Rodrigo Londoño Echeverry, Pablo Catatumbo Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel, Juan Ermilo Cabrera, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar. La responsabilidad individual varía según los cargos de mando asumidos durante el conflicto armado, algunos son autores directos.

Después de críticas por más de tres años, la Jurisdicción emite el primer Auto que vincula directamente a los implicados también en delitos de lesa humanidad como las torturas, tratos crueles, violencia sexual, desplazamientos forzados y privaciones graves de la libertad (cada uno con casos diferentes, por ahora solo se enfocarán en este último). La Sala encontró que las disposiciones relacionadas con las políticas a las que denominaban “retenciones” y que se vincularon con diferentes privaciones a la libertad, se orientaron de forma generalizada a personas de todos los estratos sociales y en la práctica no distinguieron territorios, condiciones de género, edad o condiciones de vulnerabilidad especial.

Uno de los señalamientos más graves que pone en la mesa la JEP, es que a los secuestrados les violaban su dignidad humana como estar amarrados con cadenas o no prestarle atención médica a mujeres embarazo, siendo las mujeres y niñas las más afectadas y vulneradas en la guerra. Para el Derecho Internacional Humanitario, la toma de rehenes es una de las mayores violaciones a este.

En la rueda de prensa en que se explicó el auto 019 de 2021, la magistrada Julieta Lemaitre dijo que la Sala, donde escucharon a niños, niñas, exguerrilleros, víctimas acreditadas y a los mismos imputados, se encarga de determinar los delitos del caso pero que el proceso penal e, incluso, el posible retiro de la vida política para los excombatientes, se debaten y deciden en el Tribunal de Paz que los juzgará. En caso no aceptar cargos o ser vencidos en juicio y declarados como culpables, podrían tener penas de hasta 20 años de prisión.

También se comunicó que es el primer Auto de imputación que se da en el caso 001, pero que no será el único. Por ahora se priorizó el de los altos mandos, pero vendrán los de mandos medios y hasta ejecutores, quienes cuidaban y hasta secuestraban directamente a las víctimas. Se especificó que el nombre del caso se dejó como “Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad” y no como secuestro porque en los delitos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) no existe literalmente el secuestro sino este nombre adaptado al caso.

Los nombres

Por ahora se definieron ocho hombres imputados por el caso 001 que pertenecieron al secretariado de las Farc-EP y dieron las órdenes o se implicaron directamente en la privación de la libertad de civiles.

En el caso de Rodrigo Londoño, conocido como Timochenko, el auto de la Sala dice que él impulsó la política que llevó a secuestrar civiles para financiar los operativos, desde 1982. Entre los señalamientos se hacen en el documento es que el líder máximo de las Farc, lideró el cobro de dinero a cambio de la libertad de los secuestrados. “Contra Rodrigo Londoño constan en los sistemas misionales de la Fiscalía y sus informes 21 sentencias condenatorias por el delito de secuestro extorsivo y simple. Asimismo, 3 sentencias adicionales fueron enviadas por algunos juzgados o tribunales. De las de las 24 sentencias, 11 son por tomas a bases militares o estaciones de Policía de las cuales resultaron policías y militares privados de su libertad”, se lee en el documento.

El presidente del partido Comunes,
El presidente del partido Comunes, Rodrigo Londoño, conocido en su época de guerrillero como Timochenko lee las conclusiones de la segunda Asamblea Nacional Extraordinaria del Partido FARC, hoy, domingo durante una rueda de prensa de su partido en Medellín. EFE/Luis Eduardo Noriega A.

En el caso de Carlos Antonio Lozada, cuyo nombre real es Julián Gallo Cubillos, que dirigió el Frente Red Urbana Antonio Nariño en Bogotá y que tuvo injerencia en Cali, la Sala dice que tuvo responsabilidad en retener oficiales y suboficiales para canje entre guerrilleros capturados por el Gobierno y secuestrados. “La Sala señala a Julián Gallo que una de las víctimas acreditadas en el Caso No. 01 hizo una demanda de reconocimiento del maltrato sufrido por los cautivos del Bloque Oriental, incluyendo la existencia de hechos de torturas y violencia sexual. Otra víctima pidió que Julián Gallo se involucrara en la búsqueda de sus hijas desaparecidas”.

“Yo ejecuté la orden de
“Yo ejecuté la orden de asesinar a Álvaro Gómez”: Carlos Antonio Lozada / (Noticias Caracol)

Milton de Jesús Toncel o Joaquín Gómez, quien fungió antes de firmar el Acuerdo de Paz como comandante del Bloque Sur de la guerrilla, reconoció ante la JEP que fue el autor directo del secuestro de las excandidatas presidenciales, Ingrid Betancur y Clara Rojas. En su caso, corren condenas por secuestro extorsivo o toma de rehenes y más de 80 procesos por estos delitos. El exgobernador del Meta, Alan Jara, y quien estuvo secuestrado por ocho años, señaló en su versión ante el tribunal que de Jesús Toncel tiene detalles de su caso y le pidió que explicara qué y cómo pasó su cautiverio.

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Jorge Torres Victoria, conocido como Pablo Catatumbo es directamente implicado en el documento como coautor del crimen de guerra en la toma de rehenes, de homicidios y otros crímenes de guerra. “La política de secuestrar civiles, con el objetivo de exigir el pago de un rescate y financiar así las actividades de la organización, fue consolidada en la VIII CNG de 1993, en la que Pablo Catatumbo Torres Victoria participó en calidad de representante de la guardia de Alfonso Cano”, además se lee que partició en la adopción de planes que incrementaron la presión a unidades militares de las Farc para producir resultados financieros y así expandirse mucho más.

BOG302 BOGOTÁ (COLOMBIA), 19/08/2020.- Fotografía
BOG302 BOGOTÁ (COLOMBIA), 19/08/2020.- Fotografía cedida por la Jurisdicción Especial para la Paz del exjefe de las FARC Pablo Catatumbo durante su comparecencia ante la Sala de Reconocimiento de la JEP dentro del caso 07, sobre reclutamiento forzado de niños y niñas en el conflicto armado, hoy en Bogotá (Colombia). Los magistrados Iván González y Óscar Parra lideran la diligencia en las instalaciones de la JEP. EFE/ Jurisdicción Especial para la Paz /SOLO USO EDITORIAL/NO VENTAS

Pastor Alape, quien estuvo como comandante del Bloque Magdalena Medio, está imputado como coautor mediato del crimen de guerra de toma de rehenes y la privación grave de la libertad, además del mismo delito de Catatumbo, al usar la política financiera del secuestro como presión para sus unidades. También se menciona su participación en casos desplazamientos forzados y torturas. En su caso la JEP hizo salvedad al decir que no tuvo nada que ver en los secuestros a militares o de pedir la liberación de un guerrillero a cambio de un militar.

En la imagen, Pastor Alape,
En la imagen, Pastor Alape, exguerrillero de las FARC. EFE/Ricardo Maldonado Rozo/Archivo

Rodrigo Granda Escobar dijo en su comparecencia ante la JEP que él no tenía responsabilidad alguna en este caso, pues dijo que integró la Comisión Internacional de las Farc hasta 1993, por lo cual no estuvo en las reuniones donde se definió este tema a causa de los múltiples viajes que realizó. Sin embargo, la Jurisdicción dijo que el excomandante estuvo presente en el momento cuando se establecieron los secuestros a cambio de dinero como políticia financiera. De lo que sí lo eximió fue de secuestrar a miembros de la Fuerza Pública ya que nunca estuvo en las reuniones que determinaron esto como estrategia de guerra.

/EFE
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Mauricio Jaramillo, cuyo verdadero nombre es Jaime Alberto Parra participó en la toma de la orden a las FARC-EP de financiar sus operaciones con la política de privar de la libertad a civiles para cobrar dinero por su libertad. El Auto explica que, aunque las responsabilidades de Jaime Alberto Parra hasta el año 2010 eran principalmente médicas, como miembro del Estado Mayor del Bloque Oriental, intervino en hechos específicos de secuestro para dar órdenes. También se le señala de tener responsabilidad por la política de “retener” oficiales y suboficiales para “canje” y por su implementación, en el crimen de guerra de toma de rehenes, “retenciones” de “enemigos,” funcionarios públicos y por “castigo”.

 Reuters 163
Reuters 163

Finalmente, también se imputó a Juan Hermilio Cabrera o Bertulfo Álvarez, quien murió este miércoles 27 de enero. Este exjefe guerrillero murió sin responder por los delitos de canje de militares por guerrilleros y por haber liderado los secuestros de exfuncionarios de Gobierno como Consuelo Araújo Noguera y Fernando Araújo Perdomo, ambos exministros. Aunque estos hechos los reconoció, dijo que la muerte de Consuelo Araújo no tuvo relación con él y que no conoce por qué se dio.

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