Fallan a favor de pobladores de Islas del Rosario, en su lucha por acceder a un servicio digno de salud

Los raizales manifiestan que desde hace cuatro años no cuentan con atención médica oportuna en su centro de salud, que además, está en condiciones precarias.

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Isla Grande, en Islas del
Isla Grande, en Islas del Rosario. Foto: Colprensa / El Universal

A pesar de que las Islas del Rosario comprenden uno de los territorios más paradisíacos de Colombia, por sus aguas cristalinas y playas de blanca arena, la situación para sus pobladores no es la mejor. A finales de 2020 se registraron tres muertes de menores de edad, habitantes del archipiélago, por falta de atención médica oportuna.

La situación fue la gota que derramó el vaso y por la cual el Consejo Comunitario de las islas interpuso, el pasado 30 de diciembre, una acción de tutela contra el Distrito de Cartagena, con la que le exigieron a la administración acceso a un servicio de salud oportuno y de calidad.

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Luego de haber puesto en marcha la acción legal, el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad en Cartagena falló, el pasado 18 de enero, a favor de los isleños, quienes llevan una ardua lucha por una atención médica digna en la zona.

Las muertes de los menores

Las muertes de los niños se presentaron entre septiembre y octubre del año pasado. ¿Las causas?, aún son inciertas. Cuando los menores de 8 meses, 8 y 14 años llegaron a la ciudad de Cartagena, sufrieron paros cardíacos, sin antes recibir la atención médica que necesitaban, ya que según relata el diario El Universal, en el archipiélago solo existe un centro de salud donde “no hay ni un solo médico permanente para espantar a la muerte”.

Si hubiéramos contado siquiera con los primeros auxilios, tal vez no hubieran fallecido esos menores. En la isla tenemos un puesto de salud en condiciones precarias y no hay médicos ni enfermeras que presten la atención de primeros auxilios. No solo son los niños los que se han enfermado, también han sido adultos, por eso cansados de todo esto decidimos decir ¡no más!, y fue así que pusimos la tutela, exigiendo el cumplimiento de nuestros derechos”, contó a El Universal Dayana Medrano, representante legal del Consejo Comunitario Islas del Rosario.

Medrano presentó la acción de tutela, no solo por las muertes de los tres menores, sino por otros casos, como el de una adolescente de 17 años, a quien tuvieron que trasladar en lancha desde las islas porque presentaba dolores.

“Como acá en Orika, una pequeña comunidad raizal, tampoco llevan educación sexual, en noviembre tocó correr con esta menor desafiando el mar en horas de la madrugada. Su embarazo es de alto riesgo y debe tener atención médica siempre. A principios de diciembre también trasladamos a un menor enfermo a Barú, por medio terrestre, pero como tampoco hay centro de salud tuvimos que seguir el camino y en ese tiempo convulsionó 3 veces, argumentó Medrano en el diario regional.

Finalmente, el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad en Cartagena falló a favor de los raizales, quienes en representación de Medrano, manifiestan que como estas, son muchas las veces que les ha tocado hacer “maromas” para recibir atención médica oportuna.

¿Qué dice el fallo?

La representante legal aseguró en El Universal que, aunque celebran la decisión, aún hay un detalle por resolver para su ejecución y es “que no hay un adecuado puesto de salud, ya que el que tenemos está en precarias condiciones”.

Con la decisión, según el fallo dado a conocer por el medio local, “se le ordena a la Alcaldía Mayor de Cartagena, Departamento Administrativo de Salud (Dadis), E.S.E Hospital Local Cartagena de Indias, a través de sus representantes legales o de quienes hagan sus veces, para que de manera solidaria y mancomunada, y dentro de los 15 días siguientes a la notificación de esta providencia, realicen las diligencias y acciones necesarias tendientes a garantizar la asistencia permanente de una persona del área de la salud, ya sea médico, paramédico, etc., de tal manera que esté capacitado para brindar el auxilio en salud pertinente en el caso de una eventual urgencia médica”.

Además el fallo también señala que, el servicio debe estar enfocado sobre todo en situaciones que requieran un “tipo de atención médica inmediata o un tipo de atención médica de corto tiempo (menos de 30 minutos)”. Según recoge El Universal, las autoridades apelaron el fallo y aún se desconocen las causas de su accionar.

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