Tras un derecho de petición que realizó el senador del partido Dignidad, Jorge Enrique Robledo, en el cual el juzgado 26 Laboral del Circuito de Bogotá le ordenó dar respuesta al ministro de Salud, Fernando Ruiz, el ministerio por medio de un comunicado indicó que ellos no son la entidad indicada.
Por medio de una misiva, la cartera le informó al senador que ellos han dirigido la adquisición de vacunas en materia técnico-científica, mientras que en materia de disposición y transferencia de recursos los encargados han sido el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, además, aclaró que la celebración de los diferentes acuerdos firmados hasta la fecha fueron realizados por la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), dado que, según MinSalud, ellos son la entidad competente en la ejecución de recursos en estos fines.
Asimismo, afirma que es la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo la entidad que custodia los documentos oficiales que formalizaron la celebración de acuerdos con los diferentes laboratorios, por lo cual ninguna otra entidad puede dar respuesta a peticiones relacionadas con el contenido de estos.
“Frente al contenido de la petición, el 31 de diciembre de 2020 este ente ministerial en aplicación de la ley 1755 de 2015 remite por competencia la solicitud a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres sobre el escrito de tutela. El Ministerio de Salud y Protección Social se pronunció el día 15 de enero, esto es dentro del plazo otorgado por el despacho judicial”, reza el comunicado.
Por otra parte, señala que “fue notificado del auto admisorio de la solicitud de tutela el día 14 de enero de 2021″ y que el 15, dentro del plazo otorgado por el despacho judicial, se pronunció a través del radicado 202111300059311.
Antesala del derecho de petición y la tutela
El senador del movimiento Dignidad Jorge Robledo, denunció públicamente, el pasado 12 de enero, que radicó una acción de tutela contra el ministro de salud, Fernando Ruiz, debido a que han pasado más de ocho días hábiles tras haber radicado un derecho de petición, el pasado 28 de diciembre de 2020, en el que solicitaba información sobre las negociaciones de las vacunas contra el covid-19.
“Como se indicó en el apartado de hechos el Ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez ha omitido dar respuesta a la petición que presenté el 28 de diciembre de 2020, habiendo pasado 8 días hábiles desde que las peticiones fueron efectivamente radicadas ante el Ministerio de Salud y Protección Social por vía de correo electrónico y habiendo superado en 3 días hábiles el término que la Ley 5 de 1992 y la Ley estatutaria 1909 de 2018 establecen como máximo para dar respuesta”, aseguró el senador en la tutela.
Robledo dejó claro que, las respuestas a la petición que se le hizo al Ministro de Salud y Protección Social son absolutamente necesarias para determinar cómo ejercer su derecho fundamental a la participación política en los términos indicados por el artículo 40 de la Constitución Política, numerales 5 y 6, así como del ejercicio de artículo 112 de la Constitución Política, por lo que el silencio frente a sus peticiones le ha vulnerado varios derechos fundamentales, tales como:
Artículo 23: la respuesta a solicitudes realizadas a la autoridad
Artículo 40: a la participación política
Artículo 112: a la oposición
Reglamento del congreso: al Estatuto de la Oposición y Ley Quinta de 1992
“En el caso concreto, y atendiendo a los componentes del derecho fundamental identificados por la Corte, el ministro Fernando Ruiz Gómez ha vulnerado mi derecho fundamental toda vez que se ha negado a tramitar la respuesta a la petición enviada por mi (que actúo como Senador de un partido declarado en oposición al Gobierno al que pertenece el ministro accionado), el 28 de diciembre de 2020 a la dirección de correo electrónico”, aseguró Robledo.
Además, el senador confirmó que la información sobre las vacunas no puede ser exclusiva del ministerio sino que deben ser de carácter público, para ejercer el control político correspondiente, además de saber con exactitud, cuáles fueron las negociaciones a las que se llegaron con las farmacéuticas AstraZéneca, Pfizer y el mecanismo COVAX.
“En el caso concreto, la respuesta al derecho de petición solicitado es condición necesaria para que yo pueda tener iniciativa dentro del Senado, así como para ejercer el derecho fundamental a la oposición desde mi curul y en representación de nuestros electores”, se puede leer dentro de la tutela.
La tutela ordena al Ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez, a dar respuesta dentro de las 48 horas siguientes al fallo a la petición enviada el 28 de diciembre de 2020.
Las negociaciones de Colombia con las farmacéuticas:
El Fondo de Mitigación de Emergencias confirmó que tiene disponibles $719.566 millones de pesos para pagar las vacunas contra el covid-19 que se comprarán a las farmacéuticas Pfizer y AstraZeneca. El dinero fue aprobado por el Ministerio de Hacienda, a través de las resoluciones 2327 del 25 de noviembre de 2020 y 2461 del 15 de diciembre de 2020.
Según la primera resolución, $437.800 millones se utilizarán para comprar 10 millones de dosis de vacunas de la farmacéutica Pfizer a un precio de US$12 cada una, unos $41.688 (al cambio de este 13 de enero). Sin embargo, con esta vacuna se necesitan dos dosis para crear inmunidad, es decir, que cada vacuna le costará al país $83.376.
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