Si vive en Colombia y tiene moto, tenga en cuenta las nuevas reglas para uso de casco que rigen desde este sábado 23 de enero

El director de la Agencia Nacional de Seguridad dijo que no se están creando nuevas sanciones a motociclistas.

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Reunión de motociclistas colombianos, antes
Reunión de motociclistas colombianos, antes de la pandemia (Colprensa - Luisa González)

La nueva reglamentación de los cascos para conductores de motos en el país inicia este sábado 23 de enero en todo el país. La normativa aplica para todos los vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos y cuatrimotos, aunque, en el caso de los motocarros, la norma solamente será aplicable para aquellos cuya carrocería no incluya al conductor. El Tiempo consultó con Luis Felipe Lota, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial sobre la nueva normatividad.

Una de las claridades que hizo el director es que dentro de reglamentación nueva no hay una exigencia a cambiar de casco sino que se regula que se use de manera adecuada. Agregó que no está autorizado el llevar celulares entre la cabeza y el casco, pero sí se pueden usar manos libres o intercomunicadores. La cabeza del motociclista debe estar totalmente inmersa en el caso y bien abrochado.

Por el lado de los casos abatibles, que tienen solapa o cubierta, esta debe estar abajo y sellada. Lota explicó que estas medidas las socializaron con motociclistas y gremios. Agregó que están buscando que en las ciudades con temperaturas altas se empiecen a comercializar cascos ultraventilados para que no haya excusa de subir la solapa del casco, ya que, asegura, en estas ciudades es donde menos se respeta la medida.

El funcionario dijo que esta resolución no cambia el tema de la placa en el casco porque esta se mantiene debido a la ley de la república que la reglamenta. Además, confirmó que sí se pueden seguir llevando cámaras sobre el casco, pero advierte sobre elementos que puedan enredar o causar accidentes.

El director aclaró que esta resolución no creó nuevas sanciones. “Los conductores y acompañantes que no acaten lo previsto en la resolución incurrirán en las sanciones previstas en el literal c del artículo 131 de la Ley 769 de 2002″, aseveró a El Tiempo.

Por otro lado explicó que de las cifras que estudiaron estuvo la fatalidad nacional en 2019 en motociclistas: 3.666 perdieron la vida ese año. El trauma craneano representa el 32,4 por ciento de muerte de motociclistas. Además el funcionario explicó que según la Organización Mundial de la Salud, usar casos reduce las lesiones en la cabeza en un 69 por ciento y la muerte en un 42.

La resolución señala que la vigilancia y control de las anteriores disposiciones le corresponderá a las autoridades de tránsito en su jurisdicción respectiva. Por tanto, indica que los agentes deberán ser debidamente capacitados con el fin de que verifiquen el correcto cumplimiento de la norma por parte de la ciudadanía.

Por otro lado, la sanción económica para quienes desacaten las reglas establecidas por la autoridad de transporte y no porten bien el casco será de 15 salarios mínimos diarios legales mensuales vigentes.

Actualmente, el salario mínimo diario es de $29.260, por tanto la multa alcanza los $438.900, sin embargo, en este momento, la cifra exacta de la multa se desconoce, pues depende del ajuste que se realice al salario mínimo para el próximo año.

Además, la resolución también señala que “la no utilización del casco cuando corresponda, dará lugar a la inmovilización del vehículo”.

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