Por limitar uso de vouchers y cancelar vuelos durante la pandemia, Supertransporte impuso millonaria multa a Viva Air

La Superintendencia de Transporte consideró que la aerolínea limitó el tiempo de redención y el número de veces en que se podían utilizar los vouchers de los reembolsos de vuelos cancelados por la pandemia.

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Imagen de archivo de un avión Airbus A320 de la aerolínea colombiana Viva Air en el aeropuerto El Dorado en Bogotá, Colombia. 8 de mayo, 2019. REUTERS/Luisa Gonzalez/Archivo

A 175 millones de pesos equivale la sanción impuesta, este viernes 22 de enero, por parte de la Superintendencia de Transporte de Colombia a la aerolínea Viva Air.

El motivo de la sanción obedece a que Viva Air limitó el uso de los vouchers entregados a sus clientes, tras la cancelación de vuelos por cuenta de la pandemia de la COVID-19.

La Superintendencia consideró que Viva Air vulneró los derechos de los usuarios de transporte aéreo de Colombia al impedir que los clientes pudieran utilizar el excedente de una compra hecha con el voucher, y además restringir el tiempo para redimir dichos bonos.

Es decir, que si la persona interesada en viajar quería utilizar el saldo que quedara disponible si le sobraba algo de una compra anterior, no lo podía hacer.

Entiéndase por limitar, al uso exclusivo del voucher para una sola compra, hecho que llamó la atención de la Superintendencia de Transporte, pues varios pasajeros denunciaron que perdían cualquier saldo a su favor en caso de que el valor del tiquete o los tiquetes adquiridos fuera menor al monto del voucher.

En ese sentido, el superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, se pronunció públicamente luego de que más de 20 usuarios hubieran elevado sus inconformidades por el problema con el sistema de reembolsos:

Las aerolíneas pueden reembolsar dineros o servicios cuando sea procedente, pero no pueden entregar títulos cuyas limitaciones impliquen que los usuarios estarían perdiendo el derecho que la ley les concedió

Por otra parte, la entidad encargada de velar por el bienestar de los consumidores consideró que se violentaron los derechos de los usuarios y consumidores al limitar el tiempo en el que se podía utilizar el voucher, pues de las 23 denuncias recibidas por la entidad, se evidencia que en algunos casos el límite de uso de un reembolso era hasta noviembre de 2020.

Así las cosas, habría usuarios que se quedaron sin su dinero y sin la prestación del servicio de transporte por parte de la empresa Fast Colombia S.A.S., y eso representa una limitación que, en términos expuestos por la Corte Constitucional, perjudicaría a los consumidores.

Entre lo detallado por la Superintendencia en el documento donde anuncia la multa de 175 millones de pesos contra Viva Air, se puede leer que “los usuarios se quejaban por los términos y condiciones establecidos de manera unilateral por la empresa, especialmente porque limitaban su uso a una sola vez, lo que impedía utilizar el saldo restante en la adquisición de otros servicios o la devolución del dinero, y por el término de tiempo máximo otorgado para su redención o uso”.

Hay que tener en cuenta que sobre este tipo de casos, el Gobierno nacional expidió el decreto 482 de 2020 durante la pandemia por el COVID-19, donde se previó la posibilidad de que las aerolíneas atendieran las solicitudes de reembolso presentadas por los usuarios con la devolución del dinero o prestando un servicio a los usuarios.

Tras conocerse la decisión de la Superintendencia, las directivas de Viva Air indicaron que harán uso de los recursos que dispone la ley para su defensa, pues enfatizaron que todos los vouchers que ellos entregan permiten varios usos a los usuarios y, a su vez, tienen validez por un año.

También expresaron que, esperan que esta situación se pueda aclarar en el menor tiempo posible y mantienen su disposición a colaborar con las autoridades para propender por el bienestar de sus pasajeros.

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