Gobierno revela ajustes al Plan Nacional de Vacunación: las dosis contra el covid-19 no se podrán comercializar en el país

El Ministerio de Salud realizó el cambio teniendo en cuenta los comentarios realizados por la ciudadanía. Así mismo, se reiteró el orden de vacunación

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IMAGEN DE ARCHIVO. Una mujer
IMAGEN DE ARCHIVO. Una mujer sostiene una jeringa médica y un frasco con la etiqueta "Vacuna Coronavirus COVID-19" en esta ilustración tomada el 30 de octubre de 2020. REUTERS/Dado Ruvic

El controversial borrador del decreto del Plan Nacional de Vacunación contra el covid-19 en Colombia ya sufrió las primeras modificaciones, según anunció el Gobierno nacional. El cambio principal de este documento está relacionado con la comercialización de las dosis, ya que ahora ninguna empresa, privada o pública, que tenga acceso a ellas, podrá cobrarle a la población por su aplicación.

“Las vacunas se aplicarán de manera gratuita y no podrán ser comercializadas por las entidades que la reciban. Estas deben ser entregadas a los ciudadanos de manera voluntaria y gratuita. Esto es un elemento muy importante del plan”, aseguró Fernando Ruiz, ministro de Salud, durante el programa ‘Prevención y Acción’ de este 20 de enero.

Con relación a la importación y comercialización de vacunas también se anunciaron ajustes como que el Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) será la única entidad encargada de importar la vacuna en Colombia. Así mismo, la cartera se reserva el derecho a permitir que terceros, ya sea de entidades públicas o privadas, puedan importar la vacuna y comercializarla en el futuro.

Este es un cambio importante teniendo en cuenta que el articulo 21 del primer borrador del plan establecía que empresas privadas y gobiernos locales podrían negociar, adquirir e importar al territorio colombiano vacunas contra el covid-19 después de que terminara la primera fase de vacunación en el país.

“Artículo 21. Importación de las vacunas contra el COVID-19 por las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales. Las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales podrán negociar, adquirir e importar al territorio colombiano, vacunas contra el COVID -19 para aplicación en su jurisdicción, con los fabricantes de las mismas, siempre y cuando estas cuenten con una Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia otorgada por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1787 de 2020″.

Un porcentaje de la población, incluyendo expertos en salud y políticos, rechazaron esta disposición argumentando que podría incentivar la corrupción alrededor del proceso de inmunización. Incluso, mandatarios de ciudades principales como Barranquilla, apoyados por la Federación Colombiana de Municipios (FedeMunicipios) aseguraron que esa decisión podría fomentar la inequidad.

“Abrir la posibilidad de compra de vacunas por parte de los mandatarios locales generaría una competencia entre las entidades territoriales con mayor o menor capacidad de generación de recursos propio, teniendo en cuenta que unos las podrán adquirir y otras no; lo que generaría un señalamiento de las comunidades locales a sus mandatarios y un innecesario deterioro de su ya desgastada gobernabilidad”, expresó Fedemunicipios en un comunicado de prensa publicado el pasado 13 de enero.

Es cierto que con esta modificación la puerta para que terceros importen y comercialicen la vacuna sigue estando abierta, pero ahora el Gobierno deberá autorizar la acción y esta no estará disponible para su ejecución de forma inmediata.

Ya que el primer documento del Plan Nacional de Vacunación era solo un borrador, y hasta el 14 de enero sus disposiciones estaban sometidas a las opiniones de los colombianos, estos puntos fueron ajustados por el Gobierno. Durante ‘Prevención y Acción’ las autoridades aseguraron que tuvieron en cuenta las encuestas realizadas a los ciudadanos para poder reevaluar el plan.

Así como se logró el ajuste de este punto, MinSalud también reiteró que se mantendrán los mismos criterios para el orden de vacunación que se establecieron desde el inicio. Esto quiere decir que el plan tendrá dos fases, divididas en cinco etapas, y los primeros en inmunizarse serán las personas mayores de 80 años y trabajadores del sector salud que laboren en la primera línea de atención contra el coronavirus.

Ministerio de Salud
Ministerio de Salud

El ministro Ruiz explicó que quienes estén contemplados en varias de las etapas del plan, deben inmunizarse en la primera en la que apliquen. Es decir, que un docente entre los 16 y 59 años que no presenta comorbilidades podrá vacunarse en la tercera etapa del plan y no deberá esperar hasta la etapa cinco para hacerlo.

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