El Consejo Superior de Política Criminal emitió un concepto favorable sobre el proyecto de Ley 067 de 2020, con el cual se busca restablecer el derecho al voto de aquellas personas que se encuentran privadas de la libertad en el país.
De acuerdo con la entidad, la iniciativa legislativa, presentada por el senador José Ritter López, del partido de la U, es viable puesto que “contribuye con la resocialización como fin de la pena y, como se indica en la exposición de motivos, propende por la inclusión del condenado en la convivencia social, lo que a su vez favorece la rehabilitación y reintegración de este”, indicó el Consejo.
Aunque el Proyecto de Ley ya cuenta con luz verde, el Consejo Superior de Política Criminal hizo algunas observaciones a la iniciativa que ya iniciará su trámite en el Congreso.
Entre las anotaciones hechas por la entidad, se encuentra que el Congreso en sus debates, deberá discutir sí es conveniente el restablecimiento del derecho del sufragio de todas las personas que han sido condenadas, o sí, habrán excepciones dependiendo los casos.
Según el periódico El Tiempo, la observación se hace teniendo en cuenta que la privación del derecho al voto se encuentra dentro de aquellas penas donde las personas hayan sido condenadas con la inhabilitación del ejercicio de derechos y funciones públicas.
De esa manera, de acuerdo con la información entregada por el mismo medio, los reclusos que quedarían exceptuados de aprobarse este Proyecto de Ley, serían aquellos que han recibido condenas por atentar contra los bienes jurídicos o la administración pública.
Otro de los puntos que indicó el Consejo deben ser discutidos, es sí el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), sería la institución encargada de administrar tanto el ingreso de los candidatos a los centros penitenciarios, como de reglamentar los procesos electorales y el proselitismo político dentro de estos recintos.
“Se tendría que hacer una ley estatutaria para que se defina de forma clara cómo será el proceso de acceso de los candidatos y propuestas a los centros de detención ya que el artículo 57 del Código Penitenciario y Carcelario lo prohíbe”, explicó el abogado y director de la Fundación Retorno a la Libertad, Milton Perdomo, en entrevista con Caracol Radio.
Respecto a los comentarios entregados por el Consejo Superior de Política Criminal, el senador Ritter -autor del proyecto-, le indicó a El Tiempo que celebra el apoyo de la entidad frente a la iniciativa, y aseguró que todas las observaciones realizadas serán estudiadas para ser posteriormente incluidas en el documento del Proyecto de Ley.
En cuanto a las críticas que ha recibido la propuesta por parte de varios sectores, pues consideran que permitir el voto a las personas privadas de la libertad causaría una politización, y por tanto, corrupción en los centro penitenciarios del país, le indicó al mismo medio, que el sufragio es un derecho inalienable que no le puede ser excluido a los presos del país.
“En Colombia, esa es una pena accesoria: además de condenarlos a la privación de la libertad, se les niega elegir y ser elegidos. Lo que queremos es que se elimine una de esas y tengan derecho a elegir”, indicó el congresista a El Tiempo.
El abogado Perdomo concordó con el senador, y señaló en su diálogo con Caracol Radio, que las personas privadas de la libertad en Colombia también deben ser consideradas como ciudadanos que hacen parte de la comunidad, quienes “en algún deberán reincorporarse a la sociedad civil, por lo que este puede ser uno de los pasos para su reinserción”, indicó el penalista a la emisora.
De acuerdo con El Tiempo, por ahora el Proyecto de Ley deberá esperar la ponencia de su primer debate frente a la Comisión Primera del Senado, la cual será presentada por el senador Roy Barreras.
TAMBIÉN PUEDE LEER