Uniformados implicados en los asesinatos del 9S solicitaron ser juzgados por la Justicia Penal Militar

Dos de los tres policías acusados hicieron la solicitud durante su primera audiencia de imputación de cargos. El tercer implicado no se presentó a la diligencia.

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Fotografía de velas como símbolo
Fotografía de velas como símbolo de protesta por la muerte de manifestantes, este jueves, en el barrio Verbenal en Bogotá (Colombia). EFE/Carlos Ortega

Cuatro meses después de que cuatro personas murieran violentamente en Bogotá durante las protestas del 9 de septiembre de 2020, dos de los los tres miembros de la Policía Nacional que habrían perpetrado los crímenes asistieron a su primera audiencia de imputación de cargos. Durante las sesiones, realizadas de forma virtual este 18 de enero, los abogados de los uniformados identificados como John Antonio Gutiérrez y Andrés Díaz Mercado, pidieron que los casos de sus defendidos sean juzgados por la Justicia Penal Militar.

Aunque se realizó una sesión de imputación diferente para cada uno de los uniformados, ambos abogados argumentaron lo mismo: que sus defendidos actuaron en horas de servicio y no hubo una extralimitación de la fuerza.

Díaz es señalado por la muerte de Germán Smyth Puentes en el CAI Rincón, en la localidad de Suba. La víctima tenía 25 años y murió después de haber recibido dos disparon en su espalda, según relatan sus familiares. Los disparos los habría hecho Díaz, pero la defensa del uniformado expuso que el hecho ocurrió en un cruce de disparos entre la Fuerza Pública y quienes estaban protestando esa noche, y que por eso no hubo abuso de poder o un crimen con intención.

La situación de Gutiérrez es aún más grave ya que se le señala de haber asesinado a dos jóvenes: Jaider Alexander Fonseca, de 17 años, y Andrés Felipe Rodríguez, de 23 años. La primera víctima murió a causa de cuatro disparos, uno en su pierna, uno en el brazo, otro en su tórax y el último impactó al lado del abdomen, el otro joven recibió la bala en su tórax. Ambos casos sucedieron en inmediaciones del CAI Verbenal, en la localidad de Usaquén.

Ante las peticiones y argumentos de los uniformados, los representantes de la Fiscalía General, la Procuraduría General y Alejandra Garzón, abogada de las víctimas, contraargumentaron que los hechos no están relacionados al servicio policial. “Se desbordó la acción en este caso concreto. Se estaba tratando de controlar una manifestación. Existen otros mecanismos para contener este tipo de acciones que no fueron usadas por la fuerza pública”, señaló Juan López, representante de la Procuraduría durante la sesión virtual.

Garzón aseguró que las acciones de los uniformados fueron cometidas con dolo y sostuvo que los casos deben ser juzgados por la justicia ordinaria.

“Diversos pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) han dejado claro que las violaciones de derechos humanos, como las ejecuciones extrajudiciales deben ser competencia de la justicia ordinaria y no la militar. La Justicia penal es una vía excepcional. La justicia colombiana no puede pasar por alto la acción del uniformado Gutiérrez en vía pública. Él tenía el deber, por el contrario, de defender los derechos de la población (...) existió clara conciencia del patrullero de accionar su arma”, dijo la representante de las víctimas y agregó que la petición de trasladar los casos a la Justicia Penal Militar busca obstaculizar el avance del proceso.

La Fiscalía busca que a los uniformados se les juzgue por homicidio, pero después de escuchar a cada una de las partes, el juez encargado no pudo imputar el cargo a ninguno de los uniformados. En el caso de Díaz, su audiencia fue aplazada para el 28 de enero a las 9:00 a.m.

La petición de Gutiérrez sí fue aceptada y su próxima audiencia se realizará el jueves 21 de enero a las 9:00 a.m. La decisión fue tomada ya que el juez aseguró que, “carece de elementos materiales probatorios que permitan determinar si se está ante una situación en la que se desborda con la función o servicio de policía”.

Todavía hay un uniformado que no ha iniciado su proceso de judicialización. Se trata del policía José Andrés Lasso Valencia, a quien se le señala de asesinar a Angie Paola Baquero. La joven tenía 29 años y recibió un impacto de bala que le perforó los intestinos y el colon, en cercanías del CAI Aures, en la localidad de Suba.

A Lasso no se le pudo imputar cargos porque su defensor, el abogado Jaime Augusto Castillo no se presentó a la audiencia. La Asociación Red de Defensores de Derechos Humanos de Colombia tildó este hecho como un irrespeto al sistema penal, y sobre todo a las víctimas. “Lo ocurrido es una grave vulneración al derecho de acceso a la justicia, además de constituirse como una revictimización para los familiares de Angie Paola Baquero Rojas, que luchan día a día por la búsqueda de verdad y justicia”, declaró la asociación a través de un comunicado de prensa emitido este lunes.

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