La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó al Estado colombiano para que el exministro Saulo Arboleda pueda interponer un recurso para que pueda revisar el fallo con el que fue condenado en única instancia.
Arboleda fue condenado el 25 de octubre de 2000 por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, por el delito de interés ilícito en celebración de contratos.
Arboleda participó en la adjudicación irregular de un contrato para la emisora de radio, que luego le fue entregada al periodista Mario Alfonso Escobar, dentro del famoso caso del “miti-miti”. En la acusación se dice que dentro del contrato se registró “la violación de los principios de transparencia y de selección objetiva”.
A pesar de que Arboleda presentó cinco acciones de revisión contra su sentencia de única instancia, todas fueron rechazad pues se considera que la revisión es “excepcional y no ordinaria”. Además, la Sala de Casación Penal sostuvo que no era procedente un recurso contra sentencias que ya estaban ejecutoriadas.
Con esto, la CIDH evaluó los hechos y concluyó que a Arboleda se le vulneraron sus derechos, pues “no tuvo a disposición un recurso que le permita garantizar su derecho a recurrir el fallo condenatorio ante un juez o tribunal superior”.
Este mismo tribunal internacional dijo que los recursos que tenía disponibles “no resultaron adecuados ni efectivos para remediar la vulneración alegada”.
También solicitó a la Nación que se tomen las medidas legislativas para que la normatividad colombiana coincida con la Convención Americana, con el sentido de que se debe permitir que haya recurso que se puedan revisar en primer o única instancia.
Además, le pidió al país tomar las medidas legislativas necesarias para que se pueda asegurar que la normativa de Colombia sea compatible con lo dicho en la Convención Americana, en el sentido de que se debe permitir que haya un recurso por el que se pueda revisar la primera o única sentencia condenatoria.
Exministro Saulo Arboleda insiste a la Corte Suprema que revise su condena
En noviembre de 2020, el exministro de Comunicaciones Saulo Arboleda pidió a la Corte Suprema de Justicia por quinta vez revisar la sentencia condenatoria que pesa sobre él y que profirió el alto tribunal en 2000.
De acuerdo con El Espectador, luego de la última negativa de la Corte Suprema de Justicia, el exministro escribió una carta en la que insistió en su inocencia.
Mi insistencia en la revisión solo busca garantizar el debido proceso que esa sala me ha violado permanentemente y sin razones válidas, al negarme tanto la impugnación como la revisión de una sentencia cuyos argumentos en mi contra desaparecieron del universo jurídico.
La misiva está dirigida al magistrado Eyder Patino quien fue el que negó la revisión al exministro Arboleda, que fue condenado por el escándalo del “miti-miti”.
El caso ocurrió en 1997 cuando el entonces ministro de Minas Rodrigo Villamizar, aboga en una grabación ante su colega para que le entregue una emisora al periodista Mario Alfonso Escobar, por lo que la Corte Suprema empezó a investigarlos.
A pesar de que los dos exministros fueron condenados, Villamizar no fue investigado por el alto tribunal, pues en el proceso argumentó que durante la conversación tenía licencia por enfermedad y que, además, el asunto de las emisoras era ajeno a sus deberes como miembro del Gobierno.
La Corte acogió sus razones y concluyó que Villamizar había obrado como particular y pasó a la justicia ordinaria. Ya en la justicia ordinaria y luego de ser condenado en dos instancias y luego de una tutela, el caso llegó a la Corte Constitucional. En 2006, este tribunal encontró que la Fiscalía había vulnerado los derechos del entonces ministro y decidió dejarlo en libertad.
En 2009, otro fiscal asumió el caso y declaró que ya había prescrito la supuesta acción ilegal del exministro.
En el caso de Arboleda, la Corte Suprema en 2000 lo condenó a 52 meses de cárcel. Así las cosas, el exministro de comunicaciones solicitó al juez que lo condenó a que revise de nuevo su expediente.
Esta sentencia me condena por adjudicar una emisora que me recomendó en funciones públicas el ministro de Minas Rodrigo Villamizar. No fui condenado por adjudicar emisoras a quienes me las recomendaron en funciones particulares.
En la carta también cita la decisión del Consejo de Estado, que declaró la adjudicación de la emisora. Finalizó diciendo que Villamizar le hizo esa recomendación a él en funciones particulares.
Estas tres sentencias volvieron falsas las pruebas que me condenaron; son pruebas nuevas que dan vuelco total al caso; y crean este hecho absurdo: ¡sigo condenado como determinado, sin determinador!
Agregó el exministro en el texto que, la Sala Penal ha descartado estos argumentos ya en varias ocasiones. “Es obvio que la admisión de la revisión no implica ni menos exige mi absolución”, sostuvo.
Por su parte, el 9 de marzo de este año, Villamizar acudió al Consejo de Estado aduciendo que como estuvo en prisión constituyó una privación ilícita de la libertad. Pero a ojos del alto tribunal, no hay prueba de la antijuridicidad de la medida de aseguramiento con la que fue cobijado el exministro y por la cual lo mandaron a la cárcel.
Así haya una sentencia de tutela que indica que el proceso en su contra fue adelantado por una autoridad que, como el fiscal general, carecía de competencia para investigarlo y acusarlo.
Esto quiere decir que no hay prueba de la antijuridicidad de la medida de aseguramiento con la que fue cobijado el exministro y por la cual lo mandaron a la cárcel.
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