La alcaldesa Claudia López informó que aplicarán dos nuevas medidas a las ya anunciadas desde hace unos días que fueron el toque de queda nocturno de 8 p.m. a 5 a.m. entre el 12 y 15 de enero, y las cuarentenas en Kennedy, Fontibón y Teusaquillo.
De acuerdo con la mandataria, este fin de semana, 16 y 17 de enero, habrá nuevamente cuarentena total como ocurrió en el puente de Reyes de Magos. Todos deberán permanecer en casa esos dos días, menos quienes estén dentro de las excepciones.
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Así mismo, anunció que seis nuevas localidades entrarán en cuarentena a partir del lunes 18 de enero. Son las localidades de Bosa, Ciudad Bolívar, Puente Aranda, Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal y Usme.
Por su parte, López aclaró que las localidades de Suba, Engativá, Usaquén y Teusaquillo terminarán sus cuarentenas estrictas este lunes 18 de enero a las 4:00.m. Mientras que continuarán en cuarentena estricta las localidades de Kennedy y Fontibón hasta el próximo 21 de enero a las 11:59 p.m.
“De los 6 mil brotes de contagio que hemos identificado 5 mil es entre familias ampliadas. Se están infectado entre familias, lo primos con lo tíos, los primos con los abuelos, los hijos con los papás, porque se encuentran cuando no convive, no conviven y eso está disparando el contagio. No hagamos un encuentro familiar”, dijo Claudia López.
¿Cuáles son las excepciones durante la cuarentena estricta?
Están exceptuadas las personas y vehículos indispensables para la realización de las siguientes actividades:
- Abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad (se permiten domicilios). Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar entre las 5:00 a.m. y las 7:59 p.m.
- Cuidado institucional o domiciliario de mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables y de animales.
- Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso que la autoridad así lo requiera.
- Atención y emergencias médicas y veterinarias, atención pre hospitalaria.
- Las personas que retornan al Distrito Capital vía terrestre, así como aquellas que se desplazan a sus ciudades de origen desde la ciudad de Bogotá D.C. o que cuenten con viajes intermunicipales previamente programados.
- La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico, por entrega a domicilio y por compra para llevar.
- Los servicios funerarios, entierros y cremaciones.
- Abastecimiento y distribución de combustible
- Insumos para producir bienes de primera necesidad e insumos agrícolas
- Bienes y mercancías para el comercio electrónico y plataformas tecnológicas
- La prestación de servicios: bancarios, financieros, vigilancia y seguridad privada, actividades notariales, inmobiliarias y de registro de instrumentos públicos, expedición licencias urbanísticas, centros de diagnóstico automotor.
- El personal indispensable para la ejecución de obras civiles públicas
- Las actividades de la industria hotelera.
- Personal operativo y administrativo aeroportuario, tripulación y pasajeros que tengan vuelos de salida o llegada a Bogotá D.C., programados durante el periodo restricción, debidamente acreditados con el documento respectivo, tales como pasabordos físicos o electrónicos o tiquetes, entre otros.
- La fabricación, reparación, mantenimiento y compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas.