Bogotá en cuarentena. El ABC de las medidas que siguen vigentes por localidades

Tres nuevas localidades, Kennedy, Fontibón y Teusaquillo, entran en cuarentena desde hoy, martes 12, hasta el jueves 21 de enero, adicional a Suba, Usaquén y Engativá, que siguen con restricción total hasta el 17. Además, en toda la ciudad habrá toque de queda nocturno

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Foto de archivo. Una vista aérea muestra las calles casi desiertas de una avenida en medio de una cuarentena por la pandemia de COVID-19 en Bogotá, Colombia, 7 de abril, 2020. REUTERS/Luisa González
Foto de archivo. Una vista aérea muestra las calles casi desiertas de una avenida en medio de una cuarentena por la pandemia de COVID-19 en Bogotá, Colombia, 7 de abril, 2020. REUTERS/Luisa González

La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, decretó cuarentena por localidades debido al aumento en la ocupación de camas UCI en Usaquén, Suba y Engativá hasta el 17 de enero. A estas medidas se suman tres nuevas localidades: Kennedy, Fontibón y Teusaquillo desde hoy, martes 12 a las 00:00 horas hasta el jueves 21 de enero a las 11:59 p. m. Además, en toda la ciudad habrá toque de queda nocturno desde hoy, martes 12 a las 8:00 p. m, hasta el 17 de enero.

A partir de hoy, 12 de enero, son seis las localidades en la capital que estarán en cuarentena estricta. Respecto a esta medida, están exceptuadas las personas que hacen parte de las actividades de abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud y primera necesidad. Estos servicios tendrán servicio a domicilio y, en caso de adquirirlos presencilamente, solo se podrá desplazar una persona por núcleo familiar entre las 5:00 a. m hasta las 7:59 p. m.

También, el personal de cuidado institucional o domiciliario de mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o especialmente vulnerables y de animales; y la atención y emergencias médicas y veterinarias, atención pre-hospitalaria entran en las excepciones. Asimismo, en asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, deberá acreditarse la circunstancia por la autoridad pertinente.

Las personas que retornan a la capital vía terrestre, así como aquellas que se desplazan a otras ciudades o que cuenten con viajes intermunicipales; la comercialización de los productos gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico, entrega domicilio y compra para llevar; servicios funerarios, entierros y cremaciones; abastecimiento y distribución de combustible; insumos para producir bienes de primera necesidad e insumos agrícolas; bienes y mercancías para el comercio electrónico y plataformas tecnológicas; y la prestación de servicios bancarios, financieros, de vigilancia y seguridad privada, actividades notariales, inmobiliarias, de registro de instrumentos públicos, expedición de licencias urbanísticas, también son exenciones.

Los centros de diagnóstico automotor; el personal indispensable para la ejecución de obras civiles publicas; las actividades de la industria hotelera; el personal operativo y administrativo aeroportuario, tripulación y pasajeros que tengan vuelos de salida o llegada a Bogotá, programados durante el periodo de restricción y debidamente acreditados con el documento de identificación respectivo; fabricación, reparación, mantenimiento y compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas; y el comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales exclusivamente para artículos de primera necesidad, son otras de las excepciones. Además, el personal exento de esta medida deberá contar con plena identificación.

Según el decreto, se autorizan los domicilios para todos los establecimientos y locales gastronómicos; las salidas al parque con mascotas cuando sea necesario solo por una persona del núcleo familiar en su entorno más inmediato por un lapso no mayor a 20 minutos; las actividades físicas individuales al aire libre por un periodo de máximo una hora al día, excepto aquellas relacionadas con alto rendimiento; el tránsito de personal perteneciente a medios comunicación y veterinarias para asegurar la alimentación, atención e higiene de animales; los servidores y contratistas públicos; empleados de empresas y plantas industriales o minas para operar y realizar mantenimientos indispensables y pertenecientes a misiones diplomáticas y consulares.

La Alcaldía de Bogotá sugiere a todas las personas que lleguen a la ciudad aislarse voluntariamente por mínimo siete días para detectar síntomas relacionados con covid-19. Asimismo, se restringe el expendio y consumo de bebidas embriagantes y alcohólicas en sitios públicos. En Kennedy, Fontibón y Teusaquillo se prohibe el expendio y consumo de bebidas embriagantes desde el viernes 15 a las 6:00 p. m el domingo 17 de enero a las 11:59 p. m. También, la medida de pico y cédula seguirá vigente en toda la ciudad hasta el 31 de enero.

En el caso de las mudanzas, solo podrán realizarse con estricto cumplimento de los protocolos de bioseguridad por parte de la empresa prestadora del servicio y quien desee hacer el trámite y solo en casos de extrema necesidad como finalización de contrato de arrendamiento, atención a personas en estado de vulnerabilidad o cuando no exista otra alternativa que garantice la vivienda digna

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