Esto pasará con los hermanitos que fueron forzados a hacerse tatuajes en Pereira

Durante la verificación de los hechos, el ICBF pudo establecer que otro menor de 10 años, hijo de la pareja, también fue obligado a tatuarse.

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Captura de video de tatuaje a menor de edad / Facebook
Captura de video de tatuaje a menor de edad / Facebook

Esta semana un video publicado en Facebook donde se ve cómo una niña menor de edad fue sometida por sus padres a tatuarse en la ciudad de Pereira, causó controversia en redes sociales. Luego de que la grabación fuera replicada, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) dio a conocer que abrió un proceso de restablecimiento de derechos a favor de la niña de siete años.

Durante la verificación de derechos, el equipo del ICBF de la regional Risaralda pudo establecer que su hermano de 10 años también fue tatuado y por tanto, se le realizó un proceso de restablecimiento de derechos con ubicación en medio familiar y acompañamiento psicológico.

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De igual forma, la Defensora de Familia ordenó la creación de una petición para que el Centro Zonal de Armenia adelante la verificación de derechos de un tercer hermano, de 15 años, quien se encuentra con su familia paterna en la capital de Quindío.

La madre de los tres menores de edad recibió una amonestación con remisión a curso pedagógico ya que se pudo establecer que esta acción vulneró los derechos a la integridad de sus hijos.

No llore, porque sí la van a grabar después dicen que están maltratando a la niña y viene el Bienestar Familiar y se la lleva”, esas fueron las palabras de la mamá de la menor, quien alentaba a la niña a no llorar por el dolor que le causaban las agujas en su piel.

El video fue transmitido en vivo por una cuenta de Facebook, y durante 10 minutos se puede observar como la menor se retuerce a causa del dolor. En la grabación también se ve como aparece otro niño -que luego se conocería que es hermano de la niña-, y otros cuatro adultos, incluido el tatuador, quienes no intervienen frente a la situación.

Expertos penalistas indicaron que los acudientes de los menores también podrían enfrentarse a una investigación penal.

Este es el video:

Durante la verificación de los hechos, el ICBF pudo establecer que otro menor de 10 años, hijo de la pareja, también fue obligado a tatuarse.

La abogada penalista, María Helena Luna, le explicó al diario El Espectador que la madre podría ser acusada por dos conductas que efectivamente estarían probadas. La primera, constreñimiento legal, porque la niña fue “obligada a hacer, omitir o tolerar algo”, en este caso a tatuarse, y en segundo lugar, por lesiones personales, en la categoría de deformidad porque es una alteración a su cuerpo para toda la vida.

“Son delitos de oficio. Una vez las autoridades tengan conocimiento de una posible conducta punible, deben empezar a investigar con la debida diligencia. (...) Entonces, no se necesita ninguna denuncia o pronunciamiento de los familiares o personas externas. Una vez la Fiscalía tiene conocimiento de un posible hecho que constituya un delito está obligada a iniciar la investigación de oficio”, detalló al medio Luna.

Según el Código Penal, una persona que sea acusada por constreñimiento legal, podría enfrentarse a penas privativas de la libertad entre 16 y 36 meses, y la sanción incluso podría aumentar en una tercera parte sí la pertenece al núcleo familiar de la víctima, tal y como se evidenció en este caso.

En cuanto a las lesiones personales que causen deformidad en la víctima, el artículo 113 del Código Penal colombiano señala que el acusado podría recibiría una pena en prisión de entre 16 a 108 meses, y una multa de entre 20 a 37.5 salarios mínimos.

Si fuere permanente, la pena será de prisión de treinta y dos (32) a ciento veintiséis (126) meses y multa de treinta y cuatro punto sesenta y seis (34.66) a cincuenta y cuatro (54) salarios mínimos legales mensuales vigentes.”, aclara el artículo del Código Penal.

La abogada Luna le indicó al Espectador que la Fiscalía debe actuar de forma inmediata, en conjunto con el ICBF.

Según la información entregada por el mismo diario, la sanción entregada por el Instituto a la madre de la niña fue leve, ya que de acuerdo con el Código de Infancia y Adolescencia o Ley 1098 de 2006, la amonestación solo es una penalización preventiva que se da en el marco del restablecimiento de derechos de un menor.

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De acuerdo con el periódico, en casos más graves, como este, las normas nacionales señalan que a una familia le puede ser retirada de forma inmediata el niño, niña o adolescente, para garantizar su protección integral.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar también informó que debido a los hechos, ordenaron la creación de una petición para que el Centro Zonal de Armenia realice una verificación de los derechos de otro hermano, de 15 años, que actualmente vive con la familia de su padre en Armenia, Quindío.

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