Inicia la convocatoria para que empleadores puedan postulare al PAEF en 2021

Las empresas más afectadas económicamente por la pandemia recibirán subsidios a la nómina.

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Imagen de archivo de un grupo de mujeres que trabajan en un taller de confección. EFE/David Casasús Márquez/Archivo .
Imagen de archivo de un grupo de mujeres que trabajan en un taller de confección. EFE/David Casasús Márquez/Archivo .

Desde el próximo 7 de enero de 2021 y hasta el 14 de febrero, todas las empresas que se hayan visto afectadas económicamente debido a la pandemia por covid-19 podrán postularse a una nueva etapa del Programa de Apoyo al Empleo Formal, por medio del cual podrán recibir el 50% de un salario mínimo por cada trabajador en su nómina.

Para aplicar, las empresas o entidades sin animo de lucro, deberán diligenciar un formulario de postulación que les suministrarán las entidades financieras que escojan y que sean aliadas de la iniciativa del Gobierno nacional. Para verificar los bancos que hacen parte del proyecto, puede ingresar a la página web del Programa de Apoyo al Empleo Formal. Las empresas escogidas para este beneficio se darán a conocer el 26 de enero de 2021.

<mark class="hl_yellow"><b>¿Qué documentos se requieren?</b></mark>

1. Formulario de postulación diligenciado y firmado por:

• Representante legal

• Persona natural empleadora

• Promotor o liquidador, si la empresa postulante está en reestructuración o liquidación.

2. Certificación de disminución de ingresos y pago de salarios:

Indicando que sus ingresos disminuyeron en 20% o más por la pandemia, y que los trabadores por los que se postula recibieron el salario correspondiente al mes del subsidio que debe estar firmada por:

• Representante legal o persona natural empleadora.

• Revisor fiscal o contador público, cuando el postulante no esté obligado a tener revisor fiscal.

• Promotor o liquidador, si la empresa postulante está en reestructuración o liquidación.

Quienes cumplan con todos los requisitos recibirán un apoyo del 50 % de un salario mínimo por cada trabajadora mujer que tengan en su nómina, es decir $454.000. Se tendrá prioridad por aquellas compañías que pertenezcan al sector del turismo, hotelería, gastronomía, actividades artísticas, de entretenimiento y recreación, pues fueron las más afectadas por el cierre de fronteras y de eventos públicos.

Mientras que, para los empleadores de hombres y trabajadores que hagan parte de otros sectores de la economía se entregará una ayuda del 40% de un salario mínimo, es decir, $363.000.

“El compromiso del Gobierno Nacional es seguir apoyando a todos los empresarios que en medio de sus dificultades ha logrado proteger los empleos formales con el pago de salarios y de sus aportes a la seguridad social”, comentó a través de un comunicado de prensa el director de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP, Fernando Jiménez.

De acuerdo con cifras del Ministerio de Hacienda a corte de diciembre de 2020 el programa de apoyo a las empresas, ha tenido siete convocatorias y se han desembolsado unos $5,1 billones a más de 139.000 colombianos que no despidieron a sus trabajadores a pesar de la crisis, en total fueron 3,64 millones de ciudadanos que conservaron sus ingresos.

La encuesta revel&#243; que las empresas que generaban m&#225;s de dos empleos tuvieron que reducir su fuerza laboral en un 44 %. EFE/Luis Eduardo Noriega A.
La encuesta revel&#243; que las empresas que generaban m&#225;s de dos empleos tuvieron que reducir su fuerza laboral en un 44 %. EFE/Luis Eduardo Noriega A.

Para las empresas que sean escogidas se les integrará el salario de noviembre, diciembre de 2020, el cual se liquidará sobre la base del salario mínimo del año pasado, los meses del 2021 el valor se actualizó con base en el salario mínimo fijado para este año unos $908.526.

Estos recursos no llegan directamente a los trabajadores sino a las empresas y serán ellas quienes se encarguen de usarlo para pagar la nómina de los empleados.

<mark class="hl_yellow"><b>¿Quiénes pueden postularse?</b></mark>

• Personas jurídicas

• Personas naturales empleadoras

• Entidades sin ánimo de lucro

• Consorcios y uniones temporales

• Cooperativas de trabajo asociado

• Patrimonios autónomos

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