El alcalde William Dau firmó el decreto 0010 del 5 de enero de 2021, por medio del cual la Alcaldía de Cartagena estableció el nuevo pico y placa para vehículos particulares. Los números se rotarán cada trimestre hasta el 31 de diciembre.
La restricción será de lunes a viernes, excepto los días festivos, de 7:00 de la mañana a 10 de la mañana y de 5:00 de la tarde a 8:00 de la noche.
De estas restricciones están exceptuados los vehículos automotores “impulsados exclusivamente por motores eléctricos o cero emisiones contaminantes” y los vehículos automotores híbridos-eléctricos. Según el diario El Heraldo, las categorías de vehículos exceptuadas en estas restricciones, que están consagradas en el artículo cuarto del presente Decreto y para efectos de su viabilidad, deberán presentar a la Dirección del DATT, la solicitud correspondiente con copia de la documentación en regla del vehículo y del conductor, así como el paz y salvo por todo concepto.
Para el director del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, Janer Galván es primordial que: “La medida que restringe la circulación de los vehículos particulares en el año 2021, mantiene el propósito de asegurar un mejor ordenamiento del tráfico y una movilidad más ágil y eficiente en la ciudad, en la que se cumplan además los protocolos de bioseguridad establecidos para el sector transporte en el manejo y contención de los contagios provocados por la pandemia del coronavirus. Recordamos a los conductores, que sigue prohibido el tránsito de vehículos particulares en las vías restringidas establecidas en el Decreto.”
Las personas que incumplan con el pico y placa tendrán que pagar una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes al conductor y/o propietario del vehículo automotor que transite por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente; además el vehículo será inmovilizado.
Así funcionará la medida cada trimestre:
6 de enero - 31 de marzo:
- Lunes: 5-6
- Martes: 7-8
- Miércoles: 9-0
- Jueves: 1-2
- Viernes: 3-4
5 de abril - 2 de julio:
- Lunes: 7-8
- Martes: 9-0
- Miércoles: 1-2
- Jueves: 3-4
- Viernes: 5-6
6 de julio - 1 de octubre:
- Lunes: 9-0
- Martes: 1-2
- Miércoles: 3-4
- Jueves: 5-6
- Viernes: 7-8
4 de octubre - 31 de diciembre:
- Lunes: 1-2
- Martes: 3-4
- Miércoles: 5-6
- Jueves: 7-8
- Viernes: 9-0