Desde enero, si no recicla lo pueden multar: quiénes y cómo deben aplicar el nuevo reglamento

El programa busca cuidar el medio ambiente y aprovechar los recursos; tenga en cuenta que, si no lo cumple, tendrá altas multas económicas.

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Imagen de referencia de reciclaje. Foto: Archivo particular.
Imagen de referencia de reciclaje. Foto: Archivo particular.

El manejo del medio ambiente será una de las prioridades para Colombia el próximo año y por eso, desde el 1 de enero de 2021, entrará en rigor el nuevo código de colores para la separación y reciclaje de basura y residuos sólidos.

Este mecanismo es impulsado por la máxima autoridad de Colombia en este tema, el Ministerio de Medio Ambiente, cartera que busca enseñarle a los connacionales sobre cómo reciclar y propender por mejorar el hábitat de todos los ciudadanos.

En qué consiste la nueva metodología

Para mayor entendimiento de los colombianos, el MinAmbiente ideó tres característicos colores para implementar esta nueva alternativa. Los colores son:

Blanco: residuos aprovechables limpios y secos, como plástico, vidrio, metales, papel y cartón.

Negro: residuos no aprovechables como el papel higiénico, servilletas, papeles, cartones contaminados con comida, papeles metalizados, entre otros. Tenga en cuenta que dentro de este recipiente se tendrá que desechar la indumentaria utilizada para el coronavirus como los tapabocas, guantes e instrumentos quirúrgicos manipulados por un ciudadano del común.

Verde: residuos orgánicos aprovechables como los restos de comida, residuos de corte de césped y poda de jardín, etc.

De acuerdo al ministro de Ambiente, Carlos Eduardo Correa esta medida ayudará a que la economía circular tome más auge en Colombia y por eso exhorta a los ciudadanos para que separen de manera adecuada los residuos.

De acuerdo al ministro Correa, la separación de estos elementos es “la fuente fundamental, ya que permite reintegrarlos al ciclo productivo para que se conviertan en nuevos productos o materia prima” y por eso le pide a todos los colombianos para que se comprometan con esta tares que es “un compromiso de todos”.

Igualmente, según reveló Correa hace unas semanas, MinAmbiente espera la ayuda del Gobierno Nacional para “que el nuevo código de colores empiece a hacer parte de nuestra cotidianidad”, expresó el director de la cartera de Medio Ambiente del gabinete Duque.

El objetivo de este código que regirá en todo el territorio nacional es lograr que todos los departamentos del país converjan y se unifique un mismo protocolo de reciclaje. Sin embargo, MinAmbiente asegura que, por el momento, la norma no regirá en todos los sectores de Colombia porque depende de si hay programas de residuos y aprovechamiento de los mismos.

“La separación en la fuente en los tres colores se hará en los municipios donde haya proyectos de aprovechamiento funcionando”, expresó MinAmbiente, quien a su vez explicó que únicamente los municipios en los que se aprovechen estos residuos contarán con el aval y la obligación de ejecutar el nuevo código de reciclaje.

Tenga en cuenta que si su municipio o lugar de residencia no cuenta con un proyecto de aprovechamiento de residuos, deberá seguir botando la basura en bolsas o recipientes de color negro.

Los alcaldes y gobiernos respectivos tendrán que desarrollar campañas pedagógicas para que los habitantes del sector sepan cómo, cuándo y de qué manera deben reciclar con el nuevo código que, reiteramos, entra en vigencia desde el 1 de enero de 2021.

En ese sentido, los medios de comunicación ya sean nacionales o municipales jugarán un rol indispensable en la difusión de este mecanismo, por lo que le invitamos a estar pendiente, informarse y ayudar al país en material ambiental.

¿Multas por incumplir?

Tenga en cuenta que todo depende de si el lugar donde vive hay un programa de aprovechamiento de residuos sólidos. En caso de que sí y usted lo incumpla, no solo estaría perjudicando al medio ambiente pues no se recuperarían los recursos, sino que depende del gobierno municipal o local en el que viva, podrían haber sanciones económicas.

“El numeral 2 del artículo 94 de la Ley 1801 de 2016, a quien no separe en la fuente los residuos sólidos, ni deposite selectivamente en un lugar destinado para tal efecto, se le impondrá una multa general tipo 3, que equivale a dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV)”.
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