El Tribunal Superior de Manizales revocó el fallo del Juzgado Promiscuo de Familia de Chinchiná, Caldas, que ordenaba sancionar con tres días de cárcel al director de la Policía Nacional, general Óscar Atehortúa, así como al ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, “por incumplimiento a un fallo de tutela proferido el 26 de agosto de 2019 que ordenaba la promoción de ascenso al mayor Moreno Salazar”.
Según información de Revista Semana, en las últimas horas se conoció que el mismo Tribunal, con ponencia de la magistrada Sofy Mosquera tomó la decisión de revocar el auto declarado el pasado 9 de diciembre de 2020 “dentro de incidente de desacato promovido por el señor Faiber Jahir Moreno Salazar, por el incumplimiento de la sentencia proferida el 26 de agosto de 2019, y, en su lugar, declara que por el momento no hay lugar a señalar ningún tipo de sanción por cumplimiento de la sentencia proferida el 26 de agosto de 2019”.
<b>El caso demandado</b>
El documento inicial presentaba las causas del incidente contra el señor Moreno Salazar, quien cumplió con los requisitos para ser ascendido, pero su nombre como tal no fue recomendado para los cursos de capacitación al grado de teniente coronel, hechos que ocurrieron en febrero de este año.
En su momento citaba el fallo: “A pesar de haber sido sometido al procedimiento de evaluación de trayectoria profesional para ser llamado al curso de ascenso, fue notificado el 25 de febrero de 2020 que su nombre no había sido recomendado para presentar el concurso previo al curso de capacitación para ascenso al grado de teniente coronel”.
Esta fue la razón que motivó al juez César Augusto Cruz a imponer el arresto de tres días al ministro Trujillo y al general Atehortúa, sea en “la Escuela de Carabineros o en Institución Pública similar al respecto en la ciudad de Bogotá”, estipulaba el fallo.
La multa pecuniaria para ambos altos funcionarios era de dos salarios mínimos para cada uno y si no cumplían con el fallo, se les sancionaría sucesivamente por desacato hasta que se hiciera efectivo.
El fallo liberó de responsabilidades al presidente Iván Duque y estableció que la decisión no admite recurso alguno de imputación.