Al director de la Policía Nacional, Oscar Atehortúa, lo investigan por las presuntas irregularidades de contratación de las fases 1 y 2 del proyecto de viviendas fiscales en San Luis, Tolima.
Este viernes 4 de diciembre, un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia archivó la indagación al concluir que no hay elementos de responsabilidad contra el general Atehortúa ni la configuración del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, por el cual era investigado.
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“Durante las verificaciones se constató que el oficial, como director del Fondo Rotatorio de la Policía Nacional entre 2014 y 2015, intervino en la fase de liquidación de los contratos cuestionados. Está acreditado que, en su momento, manifestó inconformidades por el deterioro o no culminación de algunos frentes de obra, y buscó una salida legal ajustada para evitar un detrimento patrimonial”, señaló la Fiscalía General a través de un comunicado.
Así mismo, el ente acusador dijo que continuará la investigación contra otros oficiales que participaron en diferentes fases contractuales que sí revelan cuestionamientos.
La investigación sigue en la Procuraduría
Si bien la Fiscalía determinó que contra el director de la Policía no hay méritos para abrir una investigación formal, el caso en la Procuraduría avanza con un juicio disciplinario.
El 10 de marzo, el Ministerio Público citó a audiencia de juzgamiento disciplinario al general Oscar Atehortúa señalando que deberá responder por cuatro cargos.
En el primero, se le cuestiona que en calidad de director general del Fondo Rotatorio pudiera estar incurso en una falta gravísima por haber participado, entre el 26 de diciembre de 2014 y el 17 de diciembre de 2015, en la ejecución del contrato 117-3-2011, con presunto desconocimiento del principio de responsabilidad, al haber faltado probablemente a su deber de adelantar la revisión sobre la obra ejecutada y velar por la buena calidad del objeto contratado.
El segundo cargo cuestiona que el oficial, en su calidad de inspector general de la Policía, entre el 19 de junio y el 13 de diciembre de 2018, no se hubiera declarado impedido para conocer el expediente disciplinario P-INSGE-2018-175, relacionado con las presuntas irregularidades en la construcción del proyecto de viviendas fiscales denominados CENOP, pese a la eventual existencia de un interés directo sobre la actuación, con lo que pudo haber incurrido en falta gravísima.
El tercer cargo sobre una presunta extralimitación de funciones cuestiona que el investigado hubiera acudido a un capitán para que verificara la actuación adelantada en el proceso por los hechos de la construcción de las viviendas fiscales, que conocía el Grupo de Procesos Disciplinarios de Primera Instancia de la Inspección General, y le suministrara una línea de tiempo del expediente, lo que constituiría una falta grave.
El cuarto cargo reprocha al director general de la Policía Nacional, que aparentemente utilizara de manera indebida la influencia derivada del ejercicio de su cargo, para que el inspector general de esa institución, mayor general William René Salamanca Ramírez, no diera curso a una actuación disciplinaria que estaba adelantando por posibles irregularidades ocurridas en el proyecto CENOP, en la que podía resultar comprometida su responsabilidad, lo que representaría una falta gravísima.