Este jueves 3 de diciembre, la Corte Suprema de Justicia condenó al Club El Nogal a reparar económicamente a los familiares de Gustavo Forero Rubio, víctima del atentado que ocurrió en las instalaciones del club.
Cabe recordar que, el pasado 7 de febrero de 2003, un atentado terrorista perpetrado por las Farc sorprendió a los miembros que se encontraban en las instalaciones de dicho club social en la capital del país, que dejó un saldo de 36 personas muertas y más de 200 heridas.
“La acción de las FARC correspondió a un acto con suficiencia para generar terror en la población, con el fin de afectar las bases de la sociedad colombiana y la paz ciudadana”, puntualizó la Corte.
Gustavo Adolfo Forero Rubio se encontraba en ese momento en la estructura afectada y fue una de las víctimas fatales, por lo que a su deceso quedaron desprotegidos su cónyuge e hijos, los cuales dependían económicamente de él, además de la lesión emocional sufrida.
Aunque la guerrilla fue la responsable de estos crímenes, socios del club reclamaban fallas en la seguridad de El Nogal al haber dejado ingresar el carro con explosivo a los instalaciones, visitadas por ministros, empresarios y funcionarios de alto nivel.
Por su parte, la familia de Forero Rubio reclamó que la persona que ingresó a la edificación el vehículo donde estaban camuflados los artefactos que ocasionaron la tragedia, contaba con autorización del beneficiario de una acción empresarial, sobrepasando así todas la reglas de seguridad previstas e incumpliendo la obligación de velar por la protección de las personas que frecuentaban el lugar.
Tras la apelación de la familia, este miércoles 3 de diciembre la Corte Suprema declaró responsable al club, que tendrá reconocer cerca de 900 millones a la familia de la víctima que quedó desprotegida.
Aunque El Nogal alegaba que fue un acto terrorista, lo que los hacía víctimas también, con el argumento de que el atentado había sido “imprevisible”, como supuestamente lo probaban cartas de la Fiscalía, la Policía y las Fuerza Militares en las que se decía que no tenían información de que un ataque de esa índole se fuera a presentar, la Corte Suprema negó sus argumentos puntualizando que el error fue permitir el ingreso del carro.
Además el club social utilizó testimonios de sus propios empleados que dieron fe de la dureza de las medidas de seguridad, de cómo eran las mejores y más rigurosas que en otros clubes de la ciudad, e incluso del complejo proceso de selección de los socios.
Es importante tener en cuenta que el Tribunal de Bogotá ya le había dado la razón a la familia en segunda instancia en 2014, pero El Nogal le pidió a la Corte Suprema que seleccionara el expediente para casación.
En la decisión, que tomó la corporación esta semana, los magistrados optaron por no cambiar el fallo y, en su lugar, mantener la condena al prestigioso establecimiento.
Por otro lado, seis demandas más, bajo la misma hipótesis, están siendo estudiadas y en ellas incluso se cuestiona por qué en El Nogal no se contaba con vigilancia canina en todos los accesos y otras supuestas fallas de seguridad.
Cabe recordar que por este atentado, las extintas Farc se disculparon afirmando que fue un acto injustificable.