El Ministerio de Salud radicó en el Congreso proyecto para reglamentar la eutanasia en Colombia

El debate sobre el tema lleva 23 años y se ha caído en varias ocasiones, esta vez, es el Gobierno quien radica la solicitud.

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El ministro de Salud fue el encargado de presentar el proyecto de ley sobre la eutanasia. EFE/ Ministerio de Salud de Colombia

Fernando Ruiz, ministro de Salud, radicó un proyecto de ley estatutaria que busca reglamentar la eutanasia en Colombia. La decisión de Ruiz se convierte en la primera vez que una iniciativa de este tipo llega al Congreso pues, en tiempos anteriores, el Ministerio de Salud era el primero en oponerse a la propuesta por medio de circulares y resoluciones.

El documento, en el que quedó plasmada la solicitud del Ministerio, busca reglamentar la eutanasia, tanto en adolescentes, entre 12 y 18 años, como en mayores de edad. La propuesta descartó a los niños menores de 12 años, debido a que, según el ministerio, las personas de esta edad están en “la incapacidad de expresar de forma libre, inequívoca e informada una voluntad de anticipación de muerte”.

En este mismo grupo de personas, que se consideran como inhabilitadas para tomar la decisión, se encuentran pacientes con enfermedades psiquiátricas que podrían solicitar el recurso en un momento de trastorno temporal y no como una decisión real y definitiva.

La decisión de tomar la eutanasia como opción de “tener una muerte digna”, como se refiere el ministerio al acto, estaría condicionada a tener un diagnóstico de una enfermedad terminal que le dé a la persona como esperanza de vida un tiempo menor a los seis meses.

El debate de la eutanasia en Colombia data de hace 23 años. Carlos Gaviria, quien se desempeñó como presidente y magistrado de la Corte Constitucional en los años noventa, logró despenalizar la eutanasia en 1997. Sin embargo, desde entonces, ninguna iniciativa propuesta ante el Congreso de la República ha sido exitosa respecto a la solicitud.

La decisión de reglamentar la eutanasia en Colombia se ha venido dilatando con los años y no ha tenido conclusiones claras a pesar de los intentos de la Magistrada Gloria Stella Ortíz en 2017, o de los intentos de Juan Fernando Reyes Kuri, o el senador Armando Benedetti. En ambas ocasiones la propuesta se cayó.

El documento radicado por el Ministerio, alega que deben establecerse los criterios para que los colombianos que necesiten recurrir al recurso de morir dignamente lo hagan. “Las actuaciones para que las personas relacionadas con la atención y cuidado del final de la vida puedan prestar los servicios necesarios y puedan atender los requerimientos relacionados con el trámite de las solicitudes”, se lee en el documento.

Además de ser mayor de 12 años, las personas que podrían acceder a la eutanasia, según el documento radicado en el Congreso por el Ministerio, deben llevar viviendo en Colombia más de un año. Con esta condición, explica la misiva, se evitaría que personas de otros países lleguen a territorio nacional a solicitar el procedimiento que en otros países se encuentra considerado como un delito.

Estás condiciones, mencionadas anteriormente, deben estar también cobijadas bajo los “principios de la prevalencia de la autonomía del paciente”, es decir, quien decida someterse a la eutanasia, tendrá que pedirlo expresamente y bajo su autonomía, se debe demostrar que no está siendo inducido por ninguna fuerza externa para realizar el procedimiento.

Según la carta del Ministerio, se busca que el proceso sea gratuito, entendiendo la decisión de la muerte digna como un derecho y, así mismo, que los pasos a seguir para acceder a este recurso sean rápidos y no tengan mayores trabas.

Por supuesto, explica el Ministerio, aunque se busca que sea un proceso fácil y rápido, todas las solicitudes de eutanasia estarán sometidas a una evaluación que realizará un comité designado que decidirá si es viable o no la realización del proceso para finalizar con la vida de quien lo solicite y cumpla con las condiciones establecidas por el ente ponente del proyecto.

El comité, que será conformado por cada IPS, deberá tener en su panel a un médico especialista en la patología que aqueja al paciente, un abogado y un psiquiatra o psicólogo clínico.

Para el Ministerio de Salud, la solicitud nace sobre los “lineamientos estrictamente administrativos, con el propósito de que no se transgreda tal derecho (morir dignamente) generando normativa y conceptos en los cuales se actúa bajo los presupuestos y criterios que fundamentan el derecho, basándose en el análisis desde la bioética del final de la vida y la toma de decisiones al final de la vida”.

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