Debido a la crisis económica por la pandemia, las cesantías se han convertido en los ‘salvavidas’ de los bolsillos de los colombianos. Entre marzo y octubre de 2020, $ 1,8 billones de los $ 5,5 billones retirados en cesantías obedecieron a las causales de reducción de ingresos y terminación de contratos, según la Asociación Colombiana de Administradores de Fondos de Pensiones y Cesantías (Asofondos). En Infobae, le explicamos qué debe hacer para retirarlas.
Si fue despedido o le disminuyeron el sueldo
Las cesantías son las prestaciones sociales a cargo del empleador y en favor del trabajador que corresponden a un mes de salario por cada año de servicios prestados. Antes de la crisis de la pandemia, su objetivo era servir como auxilio para el trabajador en caso de que se quedara sin empleo, así como para pagar un crédito educativo o comprar vivienda, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo. Sin embargo, de marzo para acá, se estableció otra causal para retirarlas.
Con el Decreto 488 de emergencia económica y social se estableció que, además de los casos ya mencionados, hasta febrero de 2021 podrían retirar parcialmente las cesantías quienes, por cuenta de la coyuntura, tuvieron una disminución de su salario.
Las puede solicitar, mes tras mes, sin salir de la casa
Una de las medidas adoptadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) para brindar mayor facilidad a la hora de retirar las cesantías fue disponer canales virtuales, call center y aplicaciones móviles (app), por lo cual no es necesario desplazarse para hacer el trámite.
Quienes fueron despedidos de sus lugares de trabajo deberán adjuntar para el trámite una fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150 %, la carta original de terminación de contrato, el certificado laboras (que dé constancia del tiempo de inicio y finalización de las labores). No sobra decir que todos los documentos deben tener la firma original del empleador.
En el caso de quienes no fueron despedidos, pero se les redujo el sueldo, será indispensable anexar la certificación de reducción de ingresos emitida por el empleador, en el que se especifique el monto que ganaba a corte del 1 de marzo y lo reducido a partir de ese entonces, así como periodo el objeto de la reducción. Si, por ejemplo, gana $ 300.000 menos que antes, este es el valor que cada mes podrá retirar de las cesantías.
El Fondo Nacional del Ahorro también tiene disponible esta modalidad de retiro para sus afiliados, de tal manera que puedan compensar dicha reducción.
En ambos casos, las Aseguradoras de Fondo de Pensiones realizarán la transferencia del dinero, total parcial, según sea el caso, a las cuentas bancarias de los afiliados, cuyo certificado también deberá ser anexado.
También le puede interesar: