El Gobierno nacional, por medio del Decreto 1550 de 2020, extendió el cierre total de sus fronteras durante otro mes y medio con el objetivo de disminuir la propagación de la covid-19. A partir del 1º de diciembre de 2020 hasta el 16 de enero de 2021 se hará efectiva la resolución la cual exceptuará actividades de emergencia humanitaria, el transporte de carga y mercancía, el caso fortuito o fuerza mayor y la salda del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada con las autoridades distritales y municipales con apoyo de la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia.
El decreto dicta que se cerrarán los pasos terrestres y fluviales de las fronteras con la República de Panamá, República de Ecuador, República de Perú, República Federativa de Brasil y la República Bolivariana de Venezuela. En el caso que se presenten excepciones, deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad establecidos por el Gobierno.
El decreto 1550 modifica los artículos 5 y 9 del dictamen 1168 del 25 de agosto de 2020 que impartía instrucciones para mitigar la pandemia y ordenaba el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable. Así, el Ministerio del Interior señaló este 28 de noviembre que, en virtud de la emergencia sanitaria generada por la covid-19 y en pro del mantenimiento del orden público, en ningún municipio del territorio nacional se podrán realizar eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social. Tampoco se habilitarán discotecas o lugares de baile y continúa la prohibición del consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.
Sin embargo, se permite el expendio de bebidas embriagantes y los alcaldes podrán seguir con el desarrollo de planes pilotos para la reactivación de establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurante o bares para el consumo de bebidas alcohólicas dentro de los espacios cerrados y para la realización de ferias empresariales, ganaderas o eventos que cumplan con los protocolos de bioseguridad y las normas de aglomeraciones emitidas por le Ministerio de Salud.
El decreto también estipula que, si un municipio presenta una variación negativa en el comportamiento de la pandemia, el Ministerio de Salud enviara un informe al Ministerio del Exterior con la información correspondiente que dé cuenta de la situación epidemiológica de la región para que se tomen las medidas correspondientes y se evite la propagación del virus.
Hasta el momento, las autoridades sanitarias han confirmado 8.763 nuevos casos el día de hoy, 183 fallecidos para un total de 36.584 y la recuperación de 1.204.452 pacientes. Los casos activos son 64.324. Bogotá es la ciudad con más casos, pues suma 374.000, seguida de Antioquia con 213.000 y Valle del Cauca que alcanza los 108.000.
Por ello, el Ministerio de Salud insiste en el lavado de manos mínimo durante 20 segundos al llegar al lugar de residencia; antes de preparar y consumir alimentos, antes y después de usar el baño y después del cambio de pañales de niños, niñas y adultos. También recomienda cubrir la nariz al toser o estornudar, no fumar al interior de las viviendas, limpiar y desinfectar paredes, pisos, techos y superficies y mantener la ventilación e iluminación natural en los espacios cerrados.