El pasado 4 de noviembre, la Fiscalía Cuarta Seccional de Tunja presentó un informe pericial que se llevó a cabo dentro del marco de una investigación penal, donde se realizaron pruebas de laboratorio de varias muestras extraídas de agua del lago de Tota, que revelaron niveles de plomo tóxicos para el consumo humano.
“Se estableció el hallazgo de parámetros de plomo que superan por encima de 95 veces los límites de tolerancia conforme a la Resolución 3382 de 2015 para aguas superficiales, colocando en riesgo la salud humana para factores de toxicidad”, aseguró el informe.
En vista de los hechos, Diego Fernando Trujillo Marín, procurador delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios, y Alicia López Alfonso, procuradora 32 Judicial I Agraria y Ambiental de Boyacá, pidieron suspender el suministro de agua para consumo humano, que se derive del lago de Tota hacia los municipios de Sogamoso, Nobsa, Aquitania, Iza, Tota, Cuítiva y Firavitoba, en el departamento de Boyacá.
Según los procuradores, esta situación representa un grave riesgo para la salud y vida de los habitantes de los municipios en mención, razón por la cual decidieron tutelar los derechos fundamentales a la vida, la salud, a un ambiente sano y al agua potable de los ciudadanos que se abastecen del lago de Tota.
La tutela fue interpuesta ante los jueces del circuito de Tunja contra los ministerios de Ambiente, de Agricultura y de Salud, así como del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), el ICA, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la Gobernación de Boyacá, Corpoboyacá y los municipios de Nobsa, Sogamoso, Iza, Firavitoba, Cuítiva, Tota y Aquitania.
Con el mecanismo también se le ordenó a Corpoboyacá establecer cuál es la fuente generadora de plomo que está contaminando el ecosistema y que a su vez, “gestione de manera inmediata las medidas preventivas, dando trámite a los procesos sancionatorios ambientales y corriendo traslado a la Fiscalía General de la Nación para que se investigue los delitos en contra de los recursos naturales”.
La acción judicial a su vez solicitó que se ordene a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios hacer vigilancia a los prestadores del servicio de acueducto de los municipios, para que implementen medidas y procesos que terminen en la remoción del plomo en sus sistemas de tratamiento de agua potable.
Por otro lado, la Procuraduría le pidió al Ministerio de Ambiente y Corpoboyacá “verificar que los permisos de vertimiento y tratamiento apropiado se estén cumpliendo adecuadamente por parte de los municipios y establecimientos que vierten sus aguas residuales en el lago”. Con estas medidas se busca encontrar mecanismos de protección para el ecosistema de esta reserva natural de agua.
Los municipios afectados no podrán seguir suministrando agua proveniente del lago, entre tanto no se identifique y desaparezca la fuente generadora de plomo. Por lo que las autoridades deben implementar estrategias de contingencia, las cuales, según la Procuraduría, “deben ser apoyadas por el Ministerio de Ambiente, la Gobernación de Boyacá y Corpoboyacá”.
Frente a los hecho, el director de Corpoboyacá, Herman Amaya, convocó a una mesa de trabajo el próximo 18 de noviembre, a la que fueron invitados la Procuraduría General de la Nación, la Secretaría de Salud de Boyacá, los alcaldes de Sogamoso, Aquitania, Tota, Cuítiva, Firavitoba, Iza y Nobsa, así como la Empresa de Servicios Públicos departamental Coservicios S.A., quienes harán una visita a la zona.
La autoridad ambiental también informó que pese a los análisis que realizan periódicamente sobre la condición del agua en la laguna, “por competencias, no miden la presencia de plomo”.
Según lo señaló la Procuraduría en el texto de la tutela, “el plomo es un metal pesado que se absorbe principalmente por inhalación o vía gastrointestinal, el cual es llevado al torrente sanguíneo uniéndose a los glóbulos rojos, donde tiene una vida media de 30 días aproximadamente y luego se distribuye por lo tejidos y se acumula en los huesos donde la vida media aumenta de 20 a 30 años, por ello, su absorción y depósito afectan órganos y sistemas”.
Además aseguró que, “incluso años después de haberse retirado la exposición y ante su presencia por periodos prolongados genera daños irreversibles en el sistema nervioso, renal, hematológicos, disfunción cardiovascular e hipoxia y a nivel neurológico se generan encefalopatías, entre otros”.
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