Colombianos que vayan a viajar a España deberán tener una prueba PCR negativa

España exigirá a los viajeros internacionales procedentes de países de riesgo una PCR negativa en las 72 horas previas para poder entrar en el país.

Guardar
Pasajeros en el aeropuerto El Dorado de Bogotá (Colombia). EFE/Carlos Ortega/Archivo
Pasajeros en el aeropuerto El Dorado de Bogotá (Colombia). EFE/Carlos Ortega/Archivo

Esta medida se suma a los controles sanitarios que ya se llevan a cabo actualmente a todos los pasajeros internacionales en los puntos de entrada de España.

Según comunicó Ministerio de Sanidad, el Formulario de Control Sanitario que todo pasajero debe rellenar antes de su entrada en el país recogerá a partir de ahora una pregunta sobre si dispone de una PCR negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada a España.

Lea: Onda tropical que se aproxima al país tiene un 80% de probabilidades de alcanzar la categoría de ciclón tropical

En cualquier momento, se podrá solicitar al pasajero la acreditación del resultado de la prueba. El documento deberá ser el original, redactado en español o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico.

Cuando el formulario no se haya podido cumplimentar telemáticamente, a través del código QR generado a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH, se podrá presentar en formato papel antes del embarque. En este caso, deberá ir acompañado con el documento acreditativo original de la realización de la prueba diagnóstica.

El Ministerio de Sanidad ha notificado 11.970 nuevos contagios, 100.000 en los últimos 10 días y 5.104 en 24 horas, con lo que la cifra total de infecciones se eleva a 908.056, y la de muertos a 33.413, 209 más. EFE/David Aguilar/Archivo
El Ministerio de Sanidad ha notificado 11.970 nuevos contagios, 100.000 en los últimos 10 días y 5.104 en 24 horas, con lo que la cifra total de infecciones se eleva a 908.056, y la de muertos a 33.413, 209 más. EFE/David Aguilar/Archivo

A aquellos pasajeros que tras la realización de los controles de temperatura, visual o documental se determine que existe sospecha de que puedan padecer covid-19 deberán someterse a la realización de una prueba diagnóstica en el aeropuerto, a su llegada a España.

Países de riesgo

Para la designación de las zonas o países de riesgo a los que se exigirá la realización de una PCR se tomará como referencia los criterios contemplados en la Recomendación UE 2020/1475, del 13 de octubre, sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de covid-19.

En cuanto a los países terceros, la referencia básica será la incidencia básica acumulada por 100.000 habitantes en 14 días, complementado con las capacidades implantadas según se contempla en el reglamento Sanitario Internacional, en base a la información facilitada por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC).

Lea: Vitricio: el loro que fue decomisado y su familia exige que lo regresen

Las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes, deberán informar a los pasajeros de la obligatoriedad de disponer de una PCR con resultado negativo para poder viajar.

Esta nueva medida cumple la Recomendación de la UE 2020/1475, que busca acabar con la disparidad de los modelos de control sanitario implantados por los países de la Unión Europea.

La resolución que establece estos nuevos controles se publicará mañana en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el próximo 23 de noviembre.

Guardar