El Juzgado cuarto del Circuito de Bogotá consideró que sí es posible equiparar la indagatoria que se le realizó al senador por parte de la Corte Suprema de Justicia bajo la Ley 600 con la imputación de cargos en el nuevo sistema penal acusatorio (Ley 906), por lo cual, a pesar de que decidió mantener la libertad del exsenador, debido a que la fiscalía no ha solicitado medida de aseguramiento, conceptuó que lo actuado por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia se convierte, en este nuevo proceso, en evidencia que podrá ser usada por la Fiscalía.
Como consecuencia de esta decisión, el expresidente se considera imputado por los delitos de los que fue acusado (entre ellos, manipulación de testigos) y ahora procede que la Fiscalía presente el escrito de acusación para que continúe el juicio en contra de exmandatario.
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Tras la apelación que presentaron las víctimas del proceso - el senador Iván Cepeda, el exfiscal Eduardo Montealegre y el exvicefiscal Jorge Fernando Perdomo - contra la decisión de levantar la medida de aseguramiento domiciliaria que pesaba contra el exsenador, el juez decidió confirmar la decisión de la jueza 30 de control de garantías.
El funcionario judicial hizo un llamado a que la transición de un sistema penal a otro debe darse correctamente y bajo un marco de legalidad, asegurando que se pueden equiparar algunos procedimientos de los dos sistemas, basándose en sentencias previas de la Corte Suprema.
En la decisión previa, la jueza que le otorgó la libertad al exmandatario concluyó que la indagatoria del viejo sistema (Ley 600 del 2000) no era equivalente a una imputación de cargos en el nuevo sistema (Ley 906 de 2004) y determinó que la decisión de privar de la libertad al expresidente la debería tomar un juez, ya que el caso pasó a la Fiscalía y no se le puede pedir a esta que presente un escrito de acusación sobre un proceso que apenas está iniciando.
En esta oportunidad, el juez determinó que los dos procesos sí se pueden equiparar, al cambiar de un sistema a otro, ya que en la indagatoria se le leen los hechos por los que el sujetos de la acusación es investigado, se le vincula formalmente al proceso y, después, el señalado puede aceptar o no los cargos. Siendo el mismo proceso en ambos escenarios.
Esta aclaración también se da porque la defensa de Uribe había dicho que por la transición del proceso a otro sistema, este iría en etapa de investigación.
Ahora, ya con Uribe vinculado formalmente al proceso e imputado por los delitos, seguiría la presentación del escrito de acusación por parte de la Fiscalía, para poder llegar al juicio, donde se decidirá el futuro jurídico del exmandatario.
La libertad del exsenador no significa que el proceso haya acabado, pues existen centenares de pruebas -según la Revista Semana, que tuvo acceso al expediente- que aún deben ser analizadas por la Fiscalía y debatidas por un juez de conocimiento.
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La declaratoria de culpabilidad o inocencia no dependen de la juez que falló el 10 de octubre a favor del exmandatario, sino de la solidez de las evidencias de cada una de las partes y del debate en un juicio que no ha comenzado.
El fiscal encargado del caso, Gabriel Jaimes, tiene como tarea revisar los elementos probatorios para decidir si acusa o absuelve al expresidente.