Conozca cuántas personas en Colombia declararon renta en 2020

De acuerdo con la DIAN, la contribución de los colombianos por medio del impuesto de renta fue de $12,9 billones, mientras que en 2019 fue de $11,1 billones.

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Colombia busca canjear su deuda en pesos o dólares.(Shutterstock)
Colombia busca canjear su deuda en pesos o dólares.(Shutterstock)

Este miércoles, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que 3,57 millones de personas naturales presentaron sus declaraciones de renta, correspondientes al año gravable 2019.

Asimismo, dejó un crecimiento del 11 % en comparación con el número de contribuyentes que lo hicieron el año anterior, que corresponden a 3,21 millones de personas.

De acuerdo con la DIAN, la contribución de los colombianos por medio del impuesto de renta fue de $12,9 billones, mientras que en 2019 fue de $11,1 billones.

“De los cuales una vez descontadas las retenciones aplicadas, los anticipos y los saldos a favor que no fueron solicitados en devolución arrojó un saldo a pagar por valor de $2,4 billones”, explicó la DIAN.

Además, la entidad resaltó el crecimiento de las retenciones practicadas a los contribuyentes, las cuales suman $10,5 billones, cifra que, comparada con el año anterior, representa un aumento de 21,1%, con $1.8 billones adicionales.

Por otra parte, de los 3,57 millones de contribuyentes que presentaron su declaración, 71.768 no habían sido obligados en años anteriores a cumplir con esta obligación y no contaban con el Registro Único Tributario (RUT).

Ante esta situación, la Dian realizó el acercamiento con estos contribuyentes y presentó el nuevo servicio para la inscripción del RUT completamente virtual.

Asimismo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dio a conocer que entregó 3,95 millones de declaraciones sugeridas, de las cuales se aceptó el 52,1 %, presentándose un incremento de 46,3 %, respecto al año anterior.

<mark class="hl_orange"><b>¿Qué debo hacer si no cumplí con la obligación?</b></mark>

La entidad invitó a los contribuyentes que no presentaron su declaración de renta y complementarios, o que lo hicieron, pero aún teniendo impuesto a cargo no realizaron el pago de su obligación en las fechas establecidas por el calendario tributario, a que se pongan al día en el menor tiempo posible, liquidando la sanción por extemporaneidad a la que se refiere el artículo 641 del Estatuto Tributario.

También existe la posibilidad para estos contribuyentes de realizar un acuerdo de pago, tal como lo estipula el Decreto Legislativo 688. Beneficio al que pueden acceder hasta el próximo 30 de noviembre a través de los diferentes canales de atención dispuestos por la entidad para tal fin.

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