Para derogar la JEP no bastaría el proyecto de Uribe: expertos hablan de cómo sería el proceso

El proyecto de ley de referendo sería insuficiente ¿Qué más tendría que hacer el expresidente?

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El presidente Uribe anunció su
El presidente Uribe anunció su proyecto de referendo, algunos especialistas explicaron qué sigue. REUTERS/Luis Dario Diaz.

Con el objetivo, entre otros, de eliminar o reformar la JEP (Jurisdicción Especial para la Paz), el ex presidente y ex senador Álvaro Uribe Vélez, de la mano de miembros del partido Centro Democrático, lanzó un proyecto para convocar un referendo constitucional en el que se cuestionara a los votantes en doce puntos específicos; sin embargo, la realidad es que la viabilidad de la idea es cuestionable, según manifestaron expertos en el tema.

“Eliminar o, por lo menos, reestructurar la JEP hace parte de uno de los 78 puntos programáticos del Centro Democrático. Insistimos en el partido en que hoy no tenemos las mayorías políticas para lograrlo, pero no por eso dejamos de mencionar y de ser incisivos con el tema”, manifestó Uribe a través de un video en sus redes sociales luego de ser dejado en libertad por la jueza Clara Ximena Salcedo.

Para el exmandatario, ese organismo, creado bajo la construcción del acuerdo de paz en Colombia (la JEP), es una “consecuencia heredada del gobierno anterior que consagra la impunidad total de atrocidades como el secuestro y violación de menores”, y que funciona como una especie de negación a los actos cometidos por las extintas FARC, según el dirigente político.

El proyecto para eliminar la JEP que propuso Uribe, con el apoyo la bancada del Centro Democrático, cuenta con 13 puntos en los que, en aspectos generales, se busca convocar a un referendo popular, es decir, someter a la decisión de los votantes la cuestión de derogar o no ese organismo de justicia.

Pero, ¿Qué posibilidades existen de hacer del proyecto una realidad?

Héctor Riveros, abogado constitucionalista y simpatizante del proyecto de Uribe, asegura que es viable, pero bajo ciertas condiciones, pues se trataría de un proceso largo que necesita varios aliados dispuestos a dar un voto favorable a la medida.

“Para llevar a cabo este trámite se necesitaría un proyecto de acto legislativo que se apruebe en el Congreso en dos legislaturas; es decir, hay que aprobarlo ocho veces: cuatro en el Senado y cuatro en la Cámara de Representantes”, explicó Riveros al periódico el País. El analista agregó que, por el momento, los impulsores de la propuesta no cuentan con la cantidad suficiente de legisladores a favor de votar por la aprobación de la caída de la JEP.

“En estos momentos no es viable, políticamente hablando, y el expresidente así lo reconoce. Él lo que está haciendo, más que una propuesta concreta para tramitar ahora, es invitar a la gente de su partido a seguir promoviéndola para lograr que en algún momento resulte viable”, resaltó.

Alejando Vargas, director del Centro de Pensamiento y Seguimiento de los Diálogos de Paz de la Universidad Nacional, coincidió en que solo se podría derogar la JEP si se recurre a una reforma a la Constitución del país; sin embargo, el punto débil del proyecto es el sometimiento del mismo a votación. Vargas se mostró incrédulo en que Uribe logre conseguir los votos necesarios.

“La JEP es una ley estatutaria que para modificarla requiere las dos terceras partes de votos del Congreso, los cuales no existen. El Partido Liberal, por ejemplo, está en contra del proyecto de eliminarla, y las bancadas del Cambio Radical y de la U tampoco lo respaldan”, destacó el director, quien agregó que los magistrados de la Corte Constitucional no están de acuerdo con la nueva propuesta del expresidente

Según Vargas, lo más viable sería esperar hasta las elecciones de 2022 y buscar un cambio lo suficientemente fuerte en los integrantes del Congreso de la República para convertir el proyecto en realidad. Algo que, para algunos, explica las palabras del propio Uribe, cuando advirtió a los espectadores de su video: “Ojo con el 2022”.

Bernardita Pérez, profesora de derecho de la Universidad de Antioquia, le explicó a El Colombiano que, para que el proyecto sea un hecho, se deben recoger las firmas de, al menos, el 5% del censo electoral; luego, el Congreso debe votar el proyecto por mayoría absoluta para, posteriormente, pasar a sanción presidencial y, después, a control de la Corte Constitucional.

Solo así se podría convocar a una votación, que debe ser respaldada por el 25% del censo electoral, con participación del 50%.

A las opiniones de estos expertos se unió la voz de José Gregorio Hernández, ex presidente de la Corte Constitucional, quien recordó que la JEP fue un proyecto proferido y declarado como ‘exequible’ por el Congreso de la República, esto significa que, “entonces siempre se podrá reformar un acto legislativo por el Congreso y, por ende, se puede suprimir un ente que haya sido creado por una reforma constitucional, siempre y cuando se haga por otra reforma igual”.

Agregó que la JEP no está ‘blindada’, está vulnerable a modificaciones pero, “es muy difícil desde el punto de vista del cumplimiento por parte del Estado del Acuerdo de Paz que se firmó con las desaparecidas FARC, porque allí ya hay personas que están sometidas a la Jurisdicción, hay procesos en curso y una serie de situaciones existentes que es complicado retroceder de modo absoluto”.

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