Fallo de tutela ordena suspender el uso de gases lacrimógenos en protestas

El Ministerio de Defensa aseguró que las armas no letales cumplen con las normas internacionales.

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Varios policías se ven inmersos en una nube de gas lacrimógeno tras dispersar a manifestantes en la Plaza Bolívar, en el centro de Bogotá, Colombia, el jueves 21 de noviembre de 2019. (AP Foto/Fernando Vergara)
Varios policías se ven inmersos en una nube de gas lacrimógeno tras dispersar a manifestantes en la Plaza Bolívar, en el centro de Bogotá, Colombia, el jueves 21 de noviembre de 2019. (AP Foto/Fernando Vergara)

El pasado 29 de octubre el juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá mediante un fallo de tutela, ordenó a la Policía Nacional suspender el uso de agentes químicos durante las protestas sociales.

Este fallo asegura que la prohibición estará vigente mientras dure la emergencia sanitaria por el Covid-19 decretada por el Gobierno Nacional.

El Ministerio de Defensa, a través de un comunicado, aseguró que es respetuoso de las órdenes emitidas por las autoridades judiciales y reiteró su garantía al derecho a la manifestación pacífica y recordó que ejerce la autoridad legítima del Estado para evitar casos de violencia o vandalismo.

Las armas no letales son:

- Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido

- Granadas con carga química CS, OC

- Granadas fumígenas

- Cartuchos con carga química CS, OC

- Cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante.

Luego de conocerse la decisión judicial, el Ministerio de Defensa sacó un comunicado donde dijo que es respetuoso de las órdenes emitidas por las autoridades judiciales.

Insistió en que su garantía al derecho a la manifestación pacífica y recordó que ejerce la autoridad legítima del Estado para evitar casos de violencia o vandalismo

“Se realiza de conformidad con las normas internacionales de protección a los derechos humanos y los protocolos y reglamentos internos que para el efecto existen”, se puede leer en el comunicado.

Finalizó diciendo que se seguirán usando las herramientas disponibles en el ordenamiento jurídico “con el fin de que se realice una evaluación de acuerdo con el marco jurídico y el fundamento internacional y nacional que existe sobre la materia”.

A principio de año, la Procuraduría General solicitó que la Policía Nacional suspendiera el uso de la escopeta calibre 12 utilizada para disolver disturbios y bloqueos de vías.

Este proyectil fue el usado por los agentes del ESMAD durante las protestas del pasado 23 de noviembre, donde el joven Dilan Cruz fue asesinado.

En el comunicado, el ministerio Público dice que le pidió al al director de la Policía Nacional, el general Óscar Atehortúa, “suspender de manera inmediata el uso de la Escopeta calibre 12 y su munición de impacto dirigido, empleada por el Escuadrón Móvil Antidisturbios para disolver revueltas, manejo de multitudes y bloqueos de vías; por falta de capacitación a los miembros de la unidad sobre el manejo de esa arma”, todo en medio de la investigación por la muerte del estudiante.

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