La Corte Suprema de Justicia redujo la condena de dos años, un mes y 18 días, a año y medio de prisión y una multa de cerca de 22 salarios mínimos legales vigentes, a la exjueza Ligia del Carmen Hernández Pérez, por el delito de cohecho impropio.
La reducción de la condena se da después de que la corte decidiera revisar el proceso, llevado a cabo por la Fiscalía y el Tribunal de Bogotá, en contra de la exjueza de Bogotá y encontrara errores en la imputación de cargos y de la condena.
Ligia del Carmen Hernández Pérez aceptó, en enero de 2019, haber cometido el delito de cohecho impropio que le imputó la Fiscalía. Hernández contó que recibió dineros de Carlos José Mattos, expresidente de Hyundai en Colombia, para favorecer a la compañía automotriz en una demanda contra la sociedad Global Car World S.A.S.
La exfuncionaria judicial recibió un total de 100 millones de pesos y falló a favor de Hyundai en la demanda, decisión que la condenó a perder su libertad. En septiembre de 2019, Hernández fue condenada a un poco más de dos años en prisión y quedó inhabilitada por seis años y medio para ejercer funciones públicas.
La defensa de la exjuez alegó que la Fiscalía había violado el principio de congruencia al emitir la imputación de cargos contra la exfuncionaria, por lo tanto, no estaban de acuerdo con la condena establecida por el tribunal. Lo que argumentaron los apoderados de Hernández es que, aunque ella había recibido 100 millones de pesos, solo 30 millones le habían sido entregados cuando ella tenía en sus manos la demanda del señor Mattos.
Al revisar el caso, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia encontró que, efectivamente, el ente investigador había cometido errores en la imputación de cargos. “Trajo a colación el contenido de entrevistas e interrogatorios; no concretó la coincidencia temporal entre el manejo del caso por parte de la procesada y la entrega de todos los supuestos ‘regalos’ por parte de una persona interesada en el asunto que ella ‘tenía o tuvo’ bajo su conocimiento”, informó la corte.
Según la Sala de Casación Penal, la Fiscalía cambió aspectos relevantes del caso, pues, aunque se mencionaron varias sumas de dinero entregadas a Hernández, sin tener en cuenta los tiempos de esas entregas, al final, el fiscal aceptó la versión de Hernández. Lo que la exjuez había manifestado era que solo 30 millones de pesos correspondían al tiempo en el que ella manejó el proceso de Hyundai.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá, asumió que todas las entregas de dinero eran ilegales; es decir, que los 100 millones de pesos que había recibido Hernández por parte de Hyundai hacían parte de las coimas. Por eso, el Tribunal dijo que la exjuez no podía acceder al beneficio de rebaja de pena por aceptación de cargos, ya que de los 100 millones que eran “producto del delito”, Hernández solo había reintegrado 30.
Ante los hallazgos de la Sala de Casación, la Corte Suprema confirmó que, en efecto, Hernández sí podía acceder a la rebaja de pena y realizó un llamado de atención a la Fiscalía. “Los inaceptables yerros de la Fiscalía en la formulación de imputación, a lo que se aúno su intento de corregir esas equivocaciones a través de la presentación de un escrito de acusación legalmente improcedente, se reflejaron en la decisión que finalmente emitió el Tribunal”, explicó la corte.
Agregó que “es inaceptable que ante la claridad de la ley sobre el contenido de la imputación y la acusación (...) en la actualidad se sigan presentado imputaciones como la transcrita en precedencia, que generan un desgaste significativo para la administración de justicia”.
MÁS SOBRE OTROS TEMA: