Procesados buscarían recusar a jueza encargada del caso Reficar

Posible caso de conflicto de intereses de la jueza a cargo con Ecopetrol, podría prolongar las audiencias para condenar a los responsables del desfalco.

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Panorámica de la refinería de
Panorámica de la refinería de Ecopetrol en Cartagena, Colombia. 24 de agosto de 2006 / (REUTERS/Fredy Builes).

Para el 4 de noviembre de 2020 está programada una de las audiencias preparatorias del juicio por el escándalo de corrupción de Reficar, un desfalco que sobrepasó los 8.000 millones de dólares por sobrecostos injustificados en la construcción de la Refinería de Cartagena, desde 2007 hasta 2016.

El caso, que el exfiscal general de la nación Néstor Humberto Martínez calificó como “uno de los mayores escándalos de corrupción del país”, podría retroceder judicialmente luego de conocerse que Betulia Orduña Holguín, la jueza 31 penal, quien ha ordenado varias actuaciones dentro del proceso, habría sido contratista del Estado en el suministro de combustibles mediante contratos por cientos de millones de pesos que figuran en el Servicio Electrónico de Contratación Pública (SECOP), entre la empresa Dispetrocom Ltda y Ecopetrol.

Algunos de los procesados tras el detrimento patrimonial de 8.000 millones de dólares buscarían recusar a la jueza, que hasta el 14 de octubre de 2020 fungió como representante legal de la empresa Dispetrocom Ltda., compañía dedicada a la venta de combustibles, que según el apoderado de uno de los implicados, habría celebrado al menos 5 contratos, por 523 millones de pesos con Ecopetrol, según comentó a El Tiempo.

El abogado de uno de los responsables por el escándalo de Reficar dijo que están evaluando recusar a la jueza y que se indague si habría violado o no normas que impiden que servidores públicos contraten con el Estado, teniendo en cuenta que la jurisprudencia de las altas cortes dice que en el eventual caso de que la jueza acepte que existe un impedimento, se cambia y sigue el juicio.

Aunque se desconoce un pronunciamiento oficial de la jueza, W Radio se comunicó con Felipe Bayón, presidente de Ecopetrol, quien declaró que el conflicto de intereses es una figura que se debe contemplar internamente en la compañía. “La información comercial es correcta, pero valorar un supuesto conflicto de interés depende de cada uno de las personas y, en este caso, le corresponde a la jueza hacer esa valoración".

El funcionario añadió que, en el caso de Reficar la petrolera estatal es víctima y que en ningún momento tiene injerencia sobre los jueces que se asignan al caso. "Dentro de Ecopetrol somos muy estrictos en decir que el problema no es que exista o no el conflicto de interés. El problema es si uno no lo declara en cualquier situación, grande o pequeña, para hacerse a un lado”, complementó Bayón.

La jueza Orduña está citando a audiencia para seguir impulsando el juicio por presunto interés indebido en la celebración de contratos, peculado por apropiación, falsedad documental y enriquecimiento ilícito de particulares, tras firmar un oficio el 27 de abril de 2020, informando a los apoderados de los imputados que aún no se ha culminado el descubrimiento probatorio.

En el juicio se debe considerar que Ecopetrol es actual dueña del ciento por ciento de Reficar y que para el caso de la jueza Betulia Orduña Holguín, la ley prohíbe el ejercicio simultáneo de la actividad judicial con actos de contratación con el Estado para asegurar absoluta imparcialidad en las decisiones tomadas.

Dispetrocom Ltda. es una sociedad creada en octubre de 1993 para la venta de lubricantes, combustibles, petróleos y derivados, según consta en escritura pública. La compañía aparece contratando con Ecopetrol para “el suministro de combustible para puntos móviles”.

Lo anterior, hace parte de una de las razones por las que los implicados buscarían declarar nulas las decisiones sustanciales que se tomen en juicio, argumentando una posible violación al debido proceso. Uno de los apoderados de los procesados indica que se estaría violando el artículo 126 de la Constitución que dice que “los servidores públicos no podrán celebrar, por sí o por interpuesta persona, o en representación de otro, contrato alguno con entidades públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos, salvo las excepciones legales”.

Pese a que los responsables del desfalco insisten en su inocencia y es jurídicamente viable que la jueza considere que no existe ningún tipo de inhabilidad o de incompatibilidad legal, el problema con la incumbencia de esta jurisdicción puede dilatar el inicio del juicio en el cual los implicados están a la espera de una condena, y en el que la Fiscalía determinó que “modificaron cláusulas y acuerdos causando un sobrecosto que duplicó el presupuesto inicial de la refinería de 3.700 a 8.000 millones de dólares, y demoró tres años más el proyecto”.

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