Los magistrados Alonso Sanabria y Julia Emma Garzón fueron señalados esta semana, por la Corte Suprema de Justicia, de mantener sus cargos a pesar de que su periodo constitucional venció en 2016.
Los togados hacen parte de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, y el reclamo de la Corte es que a pesar de que sus labores claudicaron en 2016, como estipula la ley, ellos siguen ‘atornillados’ a sus cargos y tomando decisiones para tumbar fallos emitidos previamente por el tribunal, según información de la Revista Semana.
Todo se remonta al 25 de septiembre de 2019 cuando la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla negó un incidente para revocar las medidas cuatelares que pesaban sobre el apartamento del jefe paramilitar Miguél Ángel Mejía, integrante de ‘Los Mellizos’. Dos personas aseguraban que compraron el inmueble de buena fe y apelaron la decisión que llegó a la Sala Penal de la Corte.
El Alto Tribunal se pronunció después que los magistrados Sanabria y Garzón votaron a favor de la ponencia que ordenaba retirar, de manera inmediata, las medidas cautelares contra el inmueble de ‘Los Mellizos’ tras concluir que estas constituían “un trato discriminatorio” y una amenaza al derecho de propiedad de quienes lo reclamaron. La Corte concluyó que el fallo del tribunal de Barranquilla era ilegitimo y le pidió a la Fiscalía General de la Nación investigar a los togados por la presunta perpetuación en sus cargos, además de usurpar funciones públicas.
Estos se han mantenido gracias a que en 2015 el Congreso pidió disolver la Sala Disciplinaria y convertirla en la Comisión Nacional de Disciplinaria Judicial, pero el entonces presidente Juan Manuel Santos presentó su terna de candidatos y el proceso con el que abrió la convocatoria fue demandando ante el Consejo de Estado, por lo que este anuló la decisión y sentenció que era necesario expedir una ley estatutaria para realizar la convocatoria que nunca se dio, por lo que tanto Sanabria como Garzón se han basado en esto para seguir en sus cargos.
Frente a esto, la Corte ordenó que este año debía quedar constituida la Comisión y cuestionó la exigencia de la ley estatutaria que, para ellos, “favoreció que los periodos de algunos magistrados se extendieran más allá del término previsto constitucionalmente”, afirmando que toda ampliación del periodo de un magistrado era inconstitucional. Por esto, la tutela presentada por Sanabria y Garzón no tendría fundamento ya que, para la Corte, ellos son exmagistrados.
Su decisión de quedarse en el cargo no ha sido deliberada, pues en 2016, cuando sus periodos estaban a punto de vencer, la entonces secretaria jurídica de Presidencia, Cristina Pardo, dijo que debían permanecer en sus labores hasta que tuvieran reemplazos. Mauricio Lizcano, quien era presidente del Congreso, también apoyó esa decisión después de que estos magistrados preguntaran a Presidencia cómo proceder. Se esperaba que los relevos llegarían pronto, pero no pasó, registró Semana.
Los magistrados nunca se fueron, como sí lo hizo una de sus compañeras, María Lourdes Hernández, quien dejó el cargo apenas se cumplió su tiempo. Ahora las quejas van hacia la responsabilidad que tienen Sanabria y Garzón por recibir un salario de casi 38 millones de pesos, además de su esquema de seguridad y los magistrados auxiliares de cada uno y de las decisiones que se han tomado en su cargo, como designaciones de puestos dentro del tribunal mientras fueron presidentes después de su periodo constitucional de ocho años.
En este momento el proceso está en la Sala Disciplinaria de la Corte quien deberá pronunciarse frente al claro desacato constitucional.
El Tiempo habló con Julia Emma Garzón quien dijo que la decisión del Alto Tribunal fue “un poco ligera” porque no tuvo en cuenta, según ella, un acto legislativo de la Corte Constitucional que dijo que los actuales magistrados deberían permanecer en el cargo hasta que se posesionen los nuevos miembros, como una medida transitoria para no dejar abandonada la función. Agregó que el 21 de septiembre presentaron su renuncia al Congreso quien es su ‘jefe directo'.
“La Corte Suprema no es juez superior ni constitucional a nosotros, esa decisión quien debe revisarla es la Corte Constitucional, quien sobre el tema se había pronunciado en similares términos. Tal vez los magistrados de la Sala Penal no leyeron todo esto ni sabían que el Congreso no nos ha dado respuesta”, dijo.