Dentro de la estrategia de Bogotá Local de la alcaldía para la reconstrucción de la economía de la capital del país desde las localidades, se desarrolla el programa Es microempresa LOCAL que habilitó una plataforma para que los pequeños emprendedores se postulen y puedan recibir un alivio económico con incentivos a la nómina.
El secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez, anunció este 22 de octubre, que el programa entregará un subsidio a la nómina de un salario mínimo para hasta 4 empleados durante 6 meses.
¿Quiénes pueden postularse para este programa?
Es microempresa LOCAL está dirigido a los microempresarios de las localidades de Bogotá afectados por la emergencia sanitaria y económica. El programa está focalizado para beneficiar a pequeños negocios que dinamizan las estructuras productivas locales: las tiendas, las panaderías, las peluquerías, los comercios, las pequeñas industrias etc.
El incentivo está condicionado a la inclusión laboral de mujeres, jóvenes (18 a 28 años de edad) y mayores de 50 años en la nómina de las microempresas beneficiarias. Estas poblaciones presentan hoy las mayores tasas de desempleo, de inactividad y brechas de acceso a las oportunidades laborales.
¿Qué localidades participan?
Este programa fue priorizado para ser implementado en todas las localidades con excepción de Usme, Tunjuelito, Sumapaz y Ciudad Bolívar, donde las características del tejido empresarial local requiere de la implementación de otras estrategias.
¿En qué consiste el incentivo?
El incentivo consiste en el pago de un (1) SMMLV, sin prestaciones legales, por seis (6) meses, por cada trabajador que se mantenga o sea vinculado de manera formal.
En el marco del programa, cada microempresa podrá acceder a un máximo de cuatro incentivos, correspondiente a cuatro trabajadores.
¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir la microempresa para acceder?
Estar legalmente constituida: se verifica con el Certificado de Existencia y Representación Legal vigente de la Cámara de Comercio de Bogotá, con una expedición no mayor a 30 días.
Ser microempresa: Se deben acreditar ingresos del año anterior por actividades ordinarias menores a los valores relacionados en la tabla (Decreto 957 de 2019):
Contratar o mantener puestos de trabajo para mujeres y/o trabajadores jóvenes entre 18 y 28 años: Este requisito se verifica con la validación del documento de identidad de los trabajadores
Demostrar que la empresa se encuentra ubicada en la localidad que va a otorgar el incentivo: lo cual se valida con el Certificado de Existencia y Representación Legal vigente y una factura de servicio público, del mes inmediatamente anterior, del domicilio principal donde se ejerce la actividad económica.
Para registrarse el empresario debe llenar el formulario en línea y adjuntar los siguientes documentos en formato pdf a través de http://www.bogotalocal.gov.co/form-microempresa.html:
- Certificado de Existencia y Representación Legal vigente de la Cámara de Comercio de Bogotá, con una expedición no mayor a 30 días.
- Última planilla de pago de seguridad social
- RUT
- Documento de identidad Representante Legal
- Certificado de cuenta bancaria a nombre de la empresa, con una expedición no mayor a 30 días
- Certificado de ventas brutas anuales a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior (2019) expedido por revisor fiscal, contador o representante legal. Para las empresas que cuenten con menos de un año de existencia, sus ingresos por actividades ordinarias serán los obtenidos durante el tiempo de su operación, con corte al mes inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la propuesta o del trámite respectivo.
- Factura de servicio público del mes inmediatamente anterior del domicilio principal donde se ejerce la actividad económica