La Corte Suprema de Justicia rechazó la solicitud de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá para reabrir el caso contra la exministra y actual consejera presidencial para los derechos humanos, Nancy Patricia Gutiérrez, por supuestos nexos con paramilitares durante su campaña al Senado en 2002, y expulsó de la Ley de Justicia y Paz al exparamilitar que mintió en su testimonio contra la política.
Las acusaciones contra la también exsenadora se basan en el testimonio de Luis Alberto Medina Salazar, alias el Negro Julio, un exparamilitar perteneciente al Bloque Central Bolívar, quien afirmó haber participado en una reunión realizada por el Bloque Tolima de las AUC, en diciembre de 2001, donde, supuestamente, se decidió apoyar la candidatura de Gutiérrez al Senado de la República en 2002. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia archivó el caso por falta de pruebas, pidió indagar al expara y determinó que mintió, por lo que fue condenado por falso testimonio y fraude procesal en 2017. En su primer testimonio, Medina se declaró inocente, pero, después de llegar a un acuerdo con la Fiscalía, dijo que era culpable de haber mentido..
El Alto Tribunal resolvió un discurso de apelación presentado por la Fiscalía ante la decisión de Justicia y Paz de no expulsar a Medina y, finalmente, lo excluyó de los beneficios y su proceso ahora pasa a la justicia ordinaria.
“Algunos desmovilizados de los grupos organizados al margen de la ley han acudido al proceso transicional, no para cumplir lealmente el compromiso de verdad que adquirieron al candidatizarse a los beneficios de la Ley de Justicia y Paz, sino para continuar con su proceder delictivo. Unos se han atribuido delitos que no cometieron para dejar a salvo a los verdaderos autores. Otros han acusado falsamente a personas de participar en crímenes o han ocultado la identidad de autores y partícipes, prevalidos de que la pena máxima que obtendrían sería de 8 años de prisión sin importar el número de delitos que reconozcan”, cuestionó la Corte en el fallo.
La Sala de Justicia y Paz no lo excluyó en su momento de los beneficios que tiene la Ley con la que se desmovilizaron casi 30.000 exparamilitares, argumentando que Medina no transgredió los propósitos de la justicia transicional, porque su condena no ponía en riesgo la paz ni la reconciliación nacional. Además de no excluirlo, la Sala compulsó copias a la Corte Suprema para reevaluar el caso de Nancy Patricia Gutierrez, afirmó El Tiempo.
Justicia y Paz también añadió que había “dado importantes muestras de su compromiso con el esclarecimiento de la verdad” cuando entregó, entre otras acciones, información sobre los homicidios contra integrantes del partido la Unión Patriótica (que fue exterminado) y asesinatos dentro de la cárcel Modelo en Bogotá.
El Alto Tribunal aseguró que la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá “desbordó su competencia" y considera que es ilegítima su solicitud de reabrir el caso de la exministra. La Corte también controvertió la decisión de Justicia y Paz de no excluir a Medina argumentando que es “imcomprensible” que se desconozca que hay una condena por faltar a la verdad.
“Mentir ante las autoridades judiciales evidentemente infrige el deber de verdad con las víctimas, con la sociedad y con la justicia”, argumentó. Además explicó que esto sí es causal de una expulsión de los beneficios de la justicia transicional ya que no se contempla dentro de los casos excepcionales que pueden haber por cometer delitos después de la desmovilización.
Actualmente otro testigo identificado como Andrés Vélez también fue llamado a juicio por falso testimonio contra la exsenadora, asegura El Espectador.